El Consejo de Ministros aprobará hoy, previsiblemente, el proyecto de ley del tabaco, que, entre otras cuestiones, amplía los espacios donde no se puede ni fumar ni vapear, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, incluidos los campus universitarios, entre otros. Esta reforma se enmarca en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027.Uno de los aspectos fundamentales de esta ley, que ahora se remite al Congreso, es la inclusión de una definición y una regulación específica para los productos relacionados con el tabaco. Se trata de artículos cuya presencia en el mercado y su consumo, especialmente entre la población joven, han aumentado de forma notable en los últimos años y que, aunque no siempre contienen tabaco ni nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar, además de aumentar el riesgo de fumar tabaco convencional. Hasta ahora, estos productos no contaban con un marco normativo claramente establecido a nivel nacional.La reforma equipara los cigarrillos electrónicos, shishas y bolsitas de nicotina con los cigarrillos tradicionalesEstos son los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo). También las bolsitas de nicotina para uso oral, compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos, y los productos a base de hierbas, utilizados para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales sin tabaco. La norma incluye los dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados. Todos estos productos quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional, es decir, no se podrá fumar o utilizar estos productos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de entornos exteriores, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, entre otros. No se podrá vender a menores de edad. La ley amplía los espacios sin humo a espacios de uso colectivo, tanto interiores como al aire libreSe prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, directa o indirecta, en cualquier medio de comunicación, incluido el ámbito digital de todos estos productos, y se obligará a etiquetar dando información sobre el contenido en nicotina y características del producto.La norma incluye nuevas prohibiciones que responden tanto a la evidencia científica como a la demanda social. Así, la ley prohíbe expresamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores de edad.La ley amplía los espacios donde está prohibido fumar e incorpora nuevos entornos de uso colectivo, tanto interiores como al aire libre, en línea con las recomendaciones de la Comisión Europea, entre ellos exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales; parques infantiles y zonas culturales o deportivas; terrazas de bares, estaciones de transporte, espectáculos y conciertos al aire libre y vehículos de transporte con conductor.Se prohíben rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería de marcas de tabaco y productos relacionadosEl texto que propone el Gobierno modifica de forma sustancial el régimen aplicable a la publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco y productos relacionados. Así establece la prohibición de toda forma de publicidad, directa o indirecta, incluyendo cualquier tipo de comunicación comercial o promoción de productos del tabaco y productos relacionados, ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales, o mediante distribución de muestras o descuentos.Asimismo, prohíbe expresamente la publicidad en equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo, lo que abarca elementos presentes en bares, discotecas, terrazas u otros establecimientos de ocio. Esto incluye rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería que incorpore logotipos, imágenes o referencias a marcas de productos del tabaco o productos relacionados.Redactora jefa de La Vanguardia en la delegación de Madrid, especializada en temas sociales. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
Ley antitabaco: Ni cigarrillos ni vapers en terrazas, piscinas, campus universitarios y conciertos al aire libre
El Consejo de Ministros aprueba hoy el proyecto de ley del tabaco para su remisión al Congreso












