La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas. Sin embargo, la medida no modifica el vencimiento para el pago del saldo resultante, que deberá realizarse en la fecha ya establecida, mientras que también se postergó el ingreso del primer anticipo del período fiscal 2026.
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La decisión fue publicada en el Boletín Oficial del lunes 20 de julio mediante la Resolución General 5876/2026 de ARCA, con la firma del director ejecutivo, Andrés Edgardo Vázquez, en donde se detalló que alcanza tanto a los contribuyentes del régimen general como a quienes adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada
La resolución estableció que, de manera excepcional, la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 podrá realizarse hasta el 27 de agosto de 2026.









