NoticiaEl Legislativo podrá trasladarse al sur del país si se aprueba una solicitud formal. Todavía hay dudas sobre el uso de una guarnición militar. Presidente electo, Abelardo de la Espriella, y su esposa, Ana Lucía Pineda. Foto: Gobernación de Norte de SantanderPERIODISTA DE POLÍTICA16.07.2026 16:16 Actualizado: 16.07.2026 16:57
El Congreso le respondió al equipo del mandatario electo, Abelardo de la Espriella, y le dijo que sí es posible adelantar su posesión presidencial por fuera de Bogotá. Explicó cuál sería el procedimiento legislativo."La Constitución Política establece que la sede ordinaria del Congreso se encuentra en la capital, pero también reconoce expresamente que el Senado de la República y la Cámara de Representantes pueden trasladarla a otro lugar mediante acuerdo entre ambas corporaciones", se lee en la carta, firmada por los secretarios del Senado, Diego González, y de la Cámara, Jaime Luis Lacouture. Congreso dice que sí podría trasladarse para posesión de De la Espriella con previo acuerdo. Foto:CongresoY se agrega: "El presidente deberá tomar posesión de su cargo ante el Congreso y prestar el juramento previsto en dicha disposición, sin que la norma establezca una sede específica para la realización de este acto. Por ello, si el Senado y la Cámara trasladan previamente la sede conforme al artículo 140 superior, el presidente electo podrá posesionarse válidamente ante el Congreso reunión pleno, en ese lugar". Además, los secretarios explicaron cuál sería el procedimiento a seguir para el traslado del Congreso:a) Uno o varios congresistas podrán presentar una proposición que contenga el lugar, la fecha y la finalidad ante la plenaria del Senado y otra sustancialmente coincidente ante la plenaria de la Cámara de Representantes. b) La proposición podrá presentarse al Secretario General de la respectiva cámara, antes o durante la sesión plenaria para que se someta a discusión y votación.c) Como se mencionó anteriormente, se requerirá una mayoría simple y un quórum decisorio ordinario para su aprobación.d) La proposición deberá aprobarse en cada cámara.e) La norma no contempla plazo mínimo. No obstante, deberá culminar con antelación materialmente suficiente al 7 de agosto de 2026, de modo que exista tiempo para convocar a los congresistas, organizar la sede, la seguridad, el protocolo, la logística y la documentación oficial de la posesión presidencial.Congreso dice que sí podría trasladarse para posesión de De la Espriella con previo acuerdo. Foto:CongresoDesde el partido Salvación Nacional varios congresistas han dicho tener toda la disposición para presentar la proposición en las plenarias del Senado y de la Cámara el próximo 20 de Julio, el día en que se posesiona el nuevo Congreso.Sin embargo, todavía hay dudas frente así De La Espriella podrá posesionarse en una guarnición militar como lo desea, pues el presidente saliente, Gustavo Petro, ordenó que ninguna instalación de las Fuerzas Armadas se utilice con este fin, reiterando que él es el comandante líder hasta que su sucesor tome juramento.LAURA CATALINA PERALTA GIRALDO Redacción Política. Sigue toda la información de Política en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.












