ExplicativoEl calendario de declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 inicia el próximo 12 de agosto.Más de 7 millones de colombianos deberán presentar este impuesto en 2026. Foto: Generada con IA/ GeminiPERIODISTA16.07.2026 15:01 Actualizado: 16.07.2026 15:02

Se acerca el tiempo de declaración de renta en Colombia; la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, espera que más de 7 millones de contribuyentes presenten sus declaraciones de los movimientos bancarios o movimientos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.Son muchas las dudas que los contribuyentes tienen frente a esta obligación tributaria, pues cada año los topes mínimos para saber si debe presentar la declaración de este impuesto cambian, debido al aumento del valor de la UVT.Más de 7 millones de colombianos deberán presentar este impuesto en 2026. Foto:Generada con IA/ Gemini LEA TAMBIÉN Son varias las condiciones que la Dian y el Estatuto Tributario establecen para determinar quiénes están obligados a declarar el impuesto sobre la renta y quiénes no. Entre ellas, la principal para conocer si debe presentar esta declaración en 2026 es no haber superado ninguno de los topes fijados para el año gravable 2025.Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2025.Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2025, haya sido superior a 4.500 UVT, es decir, 224.096.000 de pesos.Que, en 2025, sus ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, 69.719.000 de pesos. Que sus consumos con tarjeta de crédito, en 2025, hayan sido superiores a 1.400 UVT, es decir, 69.719.000 de pesos.Que el valor total de sus compras y consumos, en 2025, haya sido superior a 1.400 UVT, es decir, 69.719.000 de pesos.Que el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, en 2025, haya sido superior a 1.400 UVT, es decir, 69.719.000 de pesos. Es importante tener en cuenta que la Unidad de Valor Tributaria de referencia para el año gravable 2025 es de 49.799 pesos.Más de 7 millones de colombianos deberán presentar este impuesto en 2026. Foto:Diego Caucayo/Archivo EL TIEMPOLos contribuyentes que hayan superado una sola de las condiciones mencionadas anteriormente deberán presentar la declaración de renta dentro del calendario tributario que comienza a regir desde el próximo 12 de agosto. Sin embargo, si una persona fue requerida expresamente por la Dian, deberá presentar los soportes tributarios del año anterior para evitar sanciones. De ignorar esta obligación, el artículo 643 del Estatuto Tributario establece la sanción por no declarar renta. LEA TAMBIÉN “En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, al veinte por ciento (20%) del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien persiste en su incumplimiento, que determine la Administración Tributaria por el período al cual corresponda la declaración no presentada, o al veinte por ciento (20%) de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada, el que fuere superior”.Además, la norma explica que en ningún caso esta sanción puede ser inferior a la sanción mínima de 10 UVT. Para el año 2026, el valor de 10 UVT es de $524.000, por lo que la multa mínima a pagar por este incumplimiento es de $524.000, a menos que el cálculo del 20% resulte en un valor superior.De igual forma, el artículo 641 del Estatuto Tributario indica que la sanción que se debe asumir por presentar la declaración de renta fuera de los días límites es del 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que dejes pasar entre la fecha límite y el pago.Más noticias en EL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.