Análisis Exclusivo suscriptores El presidente electo, Abelardo de la Espriella, reavivó polémica por la Jurisdicción Especial de Paz, que en campaña propuso 'acabar'. Los antiguos integrantes del Secretariado de las Farc, en una audiencia de la JEP. Foto: Archivo ParticularPERIODISTA JUDICIAL15.07.2026 12:12 Actualizado: 15.07.2026 12:21

"A partir del 7 de agosto, el objetivo será la seguridad del pueblo y el desmonte total del perverso sistema de impunidad que reina en este momento".Estas fueron las palabras del presidente electo, Abelardo De La Espriella, quien desde la campaña ha lanzado duras puyas contra el Acuerdo de Paz e incluso ha llegado a proponer "acabar" la JEP, la justicia transicional creada para juzgar y sancionar los crímenes cometidos por las Farc en medio del conflicto y, también, los de actores del Estado como los militares involucrados en casos de 'falsos positivos'.Durante su más reciente mensaje a los colombianos, el lunes, incluso planteó que Rodrigo Londoño, 'Timochenko', máximo jefe esa antigua guerrilla, "debería estar preso de por vida", y dijo que iba a "trabajar en ello". Esto, en clara contravía de lo pactado entre el Estado colombiano y las extintas Farc, cuyos excombatientes aceptaron someterse a un sistema de justicia transicional en el que, a cambio de aportar verdad, recibirían sanciones restaurativas, sin cárcel, para purgar los graves crímenes de guerra.JEP Foto:CortesíaEstos planteamientos reabren un debate que estuvo latente durante el gobierno del expresidente Iván Duque, quien objetó seis artículos de la Ley Estatutaria de la JEP relacionados con la reparación de las víctimas, las funciones del Alto Comisionado para la Paz, la extradición y la aceptación de delitos de lesa humanidad.Estos reparos fueron sometidos al Congreso. La Cámara de Representantes los rechazó y, en el Senado, no hubo consenso sobre si se requería mayoría absoluta para aprobarlos. Ese conflicto terminó dirimiéndolo la Corte Constitucional, que falló a favor del rechazo y le ordenó al entonces presidente sancionar la ley sin modificaciones.Siete años después, con la JEP a mitad de camino y tras las primeras sentencias contra el exsecretariado de las Farc por secuestro, un grupo de 12 exmilitares por 'falsos positivos' y un coronel (r), condenado a prisión por no aceptar su responsabilidad, reabrir el debate sobre este punto del Acuerdo de Paz, según expertos, podría implicar intensos desgastes jurídicos y políticos justo en un momento en el que uno de los retos nuevo gobierno será, precisamente, tratar de restañar las heridas de la campaña electoral más polarizada de las últimas décadas. Y, aunque la JEP ha recibido críticas por su paquidermia, por presuntas laxitudes con los comparecientes, como el salvoconducto otorgado a 'Timochenko' para salir del país, y por las deudas de verdad en macrocasos como el de la violencia sexual, el propio expresidente Álvaro Uribe aseguró que ese era un debate superado. "La impunidad de La Habana dio un muy mal ejemplo. Impunidad por delitos atroces como el secuestro, la violación de niños. Además, le dio a los actores elegibilidad política. Nuestras críticas no son para que los encarcelen, eso está hecho, pero es muy importante tener esto para el futuro", dijo en marzo pasado."No depende de la voluntad del presidente revertir una estructura jurídica que fue aprobada por el Congreso y avalada por la Corte Constitucional. Eso implicaría para el nuevo Gobierno tramitar un acto legislativo en dos legislaturas, lo que demandaría un desgaste político innecesario, con el riesgo, además, de que tanto la comunidad internacional como la Corte Constitucional encuentren obstáculos a esa reforma", dice Gabriel Cifuentes, analista y columnista de EL TIEMPO. Para Cifuentes, un cambio de esa naturaleza también dejaría en el limbo "lo que se ha avanzado en materia de reconocimiento de verdad. Este es un debate que ya está enterrado. La gente no está pensando en las Farc ni en el Acuerdo de Paz de 2016, sino en los nuevos retos en materia de seguridad".El andamio jurídico que sostiene la JEP, las curules de paz y los puntos acordados en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto está atornillado en el Acto Legislativo 02 de 2017 y la sentencia C-630 de 2017 de la Corte Constitucional que declaró exequible la norma. Allí quedó consignado que "el acuerdo final es una política de Estado, que implica una obligación de cumplimiento de buena fe, cuya vigencia se mantiene durante los próximos tres gobiernos -es decir, hasta el 2030-", plazo que el constituyente encontró razonable para la implementación y consolidación de lo pactado.El anuncio fue realizado durante una transmisión en vivo este lunes. Foto:Transmisión en vivo"El acuerdo especial de paz (Gobierno nacional y grupo alzado en armas) es objeto de regulación interna por el Estado a través de actos normativos que en su aprobación participa el Congreso de la República (principio democrático), los cuales a su vez se sujetan al control de validez por la Corte Constitucional, en orden a determinar que sus contenidos correspondan a la Constitución, al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario", se lee en la sentencia."Pese a que fui de los que votó por el 'no', tengo claro que el Acuerdo de Paz es un compromiso que el Estado colombiano suscribió en el marco de una negociación política. Hay unos compromisos que se deben respetar y unas etapas que se tienen que cumplir. Sin embargo, la JEP sí fue partícipe de un sistema en el que los derechos de los victimarios estuvieron por encima de los derechos de las víctimas", le dijo a este diario el columnista y analista político Pedro Medellín.Además, según el presidente de la JEP, el magistrado Alejandro Ramelli, el Acto Legislativo 01 de 2017, que incorporó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición al ordenamiento jurídico, ya fue revisado y declarado exequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-674 de 2017. Por esa razón, sobre ese punto "operaría la figura de la cosa juzgada constitucional", lo que representa un obstáculo adicional para cualquier intento de modificar ese andamiaje mediante una nueva reforma.También señaló que, en un eventual análisis, aplicaría el "test de sustitución", criterio con el que la Corte Constitucional ha tumbado en el pasado actos legislativos por considerar que vulneraban principios esenciales de la Carta Política, como ocurrió con la reforma que habilitaba la reelección presidencial y otras modificaciones constitucionales.La discusión sobre la prórrogaEl debate, sin embargo, sí se ha dado sobre la prórroga a la Jurisdicción Especial para la Paz. El documento Proceso de Actualización del Plan Marco de Implementación, elaborado por el Departamento Nacional de Planeación en 2024, plantea la necesidad de ampliar ese horizonte temporal hasta el año 2038, como respuesta a los rezagos identificados en la ejecución de diversos compromisos del Acuerdo. De la Espriella también confirmó cambios en la política de ‘paz total’. Foto:IG: @delaespriella_styleSin embargo, diferentes sectores políticos, entre ellos el propio expresidente Juan Manuel Santos, 'padre' del Acuerdo, han asegurado que sería inconveniente. Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.