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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó que Rafael López Aliaga no está obligado a asumir su curul en el Senado. Un informe técnico de la Oficina General de Asesoría Jurídica del JNE calificó su declinación como “viable” al no haberse “perfeccionado la asunción del cargo”.

Entonces, al no poder aplicarse el principio de irrenunciabilidad constitucional —porque aún no ejerce funciones de senador—, el líder de Renovación Popular no se va a incorporar al Parlamento y podrá continuar con su postulación como regidor de Lima.

El análisis legal concluye que el carácter de irrenunciabilidad del cargo de senador no afecta a López Aliaga. El documento precisa que esta restricción solo rige para quienes ya juraron y ejercen funciones de manera efectiva.

"El carácter irrenunciable del cargo de senador previsto en el artículo 95.° de la Constitución solo resulta aplicable respecto de un cargo efectivamente asumido y en ejercicio. En consecuencia, no puede extenderse automáticamente a quien no haya perfeccionado su incorporación al cargo".