La Corte Nacional de Justicia (CNJ) inició el trámite de extradición de Karla Saud Calero, lobista de la empresa estadounidense Progen, quien es investigada por el delito de peculado en el denominado caso Apagón o Progen y que permanece en España con medidas cautelares.De acuerdo con la Ley de Extradición ecuatoriana, el procedimiento para la extradición activa, es decir, cuando Ecuador es el Estado requirente, se encuentra establecido en los artículos del 22 al 31 y abarca varios pasos.En el artículo 23, la normativa estipula que para que comience el trámite es necesario que previamente se haya dictado auto de prisión preventiva o recaído sentencia ejecutoriada contra el procesado. En este caso, Saud Calero mantiene orden de prisión preventiva en Ecuador desde el pasado 22 de mayo de 2026.PublicidadEl artículo 30 de la ley señala que “los jueces y tribunales se hallan obligados a solicitar la extradición del prófugo que se encuentre en territorio de otro Estado, contra quien hayan dictado o dicten auto de prisión preventiva en cualquier etapa del juicio penal, o sentencia penal condenatoria que imponga pena privativa de libertad”.Esto ocurrió el 13 de julio, cuando el conjuez Rodrigo Sarango, a cargo del caso Apagón, solicitó a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que inicie este trámite para que, a través de los canales diplomáticos, se requiera al Reino de España la entrega de la referida procesada al Estado ecuatoriano, con el objeto de que comparezca ante la justicia nacional para someterse al proceso penal instaurado en su contra.Saud Calero fue detenida el 9 de julio en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, tras una notificación roja de Interpol. Tras su detención y luego de una audiencia, la investigada recibió medidas cautelares como el retiro de su pasaporte o la prohibición de salida de España y quedó en libertad.PublicidadPublicidadEn el caso Apagón se investiga la adquisición de 50 generadores eléctricos inservibles a Progen, en el que se habría generado un perjuicio para el Estado ecuatoriano de $ 104 millones.De acuerdo con la Ley de Extradición, el presidente de la Corte Nacional dictaminará si es o no procedente la extradición, de conformidad con los tratados celebrados entre Ecuador y el Estado en el que el prófugo se encuentre o, en defecto de tratado, con arreglo a los principios del derecho internacional.En el caso de que el titular de la CNJ, en este caso el presidente encargado Marco Rodríguez, dictamine la validez del proceso de extradición de Karla Saud, se remitirá una copia del auto de prisión preventiva a la Cancillería y pedirá que practique las gestiones diplomáticas que sean necesarias para obtener la extradición de la empresaria esmeraldeña. Además, se remitirá una copia autorizada de los antecedentes por los cuales se dictó la prisión preventiva.A la vez, de acuerdo con el régimen de extradición pasiva de España, si el Gobierno español acuerda la continuación del procedimiento en vía judicial, el Ministerio de Justicia oficiará al Ministerio del Interior para que se detenga a la requerida y que, en el plazo de 24 horas, se ponga a la detenida a disposición de la autoridad judicial.Luego, el juez a cargo de Karla Saud deberá ordenar su comparecencia, asistida de un abogado, para que exponga sus razones y decida si acepta o no ser extraditada. En caso de una respuesta afirmativa, el proceso de extradición continuará, pero si se niega, la justicia española adoptará la resolución que considere necesaria, ordenando la libertad de la detenida o elevando su detención a prisión, y el procedimiento pasará a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.En el caso de que la lobista de Progen se niegue a su extradición, el caso pasará a un tribunal que podrá solicitar los antecedentes de la causa que crea convenientes. Tras el análisis de este caso y después de una audiencia oral, el tribunal emitirá una resolución a través de un auto motivado.PublicidadLa justicia española puede negar el pedido de extradición de Ecuador, pero si da paso a esta solicitud, el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, decidirá la entrega de Karla Saud mediante una notificación a la Cancillería de España, la cual deberá, a su vez, informar a la Cancillería ecuatoriana sobre la resolución y la continuación del trámite.“La entrega de la persona cuya extradición haya sido acordada se realizará por agente de la autoridad española, previa notificación del lugar y fecha fijados, observándose la legislación nacional vigente en este orden”, dice la normativa de España.En tanto, la Ley de Extradición de Ecuador precisa que, de proceder con la extradición, se solicitará al Ministerio de Gobierno que coordine la entrega de la investigada y que se la ponga a disposición del presidente de la Corte Nacional, quien ordenará que Saud sea puesta a disposición del juez del caso, es decir, Rodrigo Sarango, quien continuará con el proceso judicial.Asimismo, el artículo 28 de la normativa ecuatoriana aclara que si el presidente de la CNJ declara no ser procedente la extradición o si esta no es concedida por las autoridades del Estado en que el prófugo se encuentre, es decir, de España, se devolverá el proceso al juez de la causa para que proceda como lo determina la ley respecto de los ausentes. En esta causa, a Karla Saud el Gobierno la considera un personaje clave. A ella se la ubica como la lobista de Progen relacionada con funcionarios públicos y empresas que colaboraron en el presunto “esquema fraudulento” que se aprovechó de la crisis energética en el país para malversar casi $ 110 millones entregados a Progen por parte de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) para la compra de los generadores terrestres para Quevedo y Salitral. (I)