Las disputas se multiplican en aquellas operaciones que incluyen cl�usulas que contemplan pagos aplazados en funci�n del rendimiento futuro de la compa��a.Las cl�usulas earn-out, ese mecanismo que contempla pagos aplazados en funci�n de objetivos financieros o comerciales y que facilita el cierre de operaciones corporativas cuando existen discrepancias de precio entre comprador y vendedor, se est�n convirtiendo en un foco de conflictividad en el mercado de fusiones y adquisiciones. "Las cl�usulas de precio diferido y earn-out aparecen de forma recurrente en demandas, arbitrajes y requerimientos precontenciosos en litigaci�n post-M&A", explica Teodoro de Agust�n Parra, socio director de Argali Abogados.El 26% de las operaciones que incluyen estas cl�usulas termina en disputa, seg�n un informe elaborado por Grant Thornton hace dos a�os. Se trata de una tendencia al alza. "Lo que vemos en despachos y cortes arbitrales es un incremento de las disputas ligadas al earn-out, m�s que por volumen de operaciones, por la creciente sofisticaci�n de las partes y la mayor propensi�n a judicializar o arbitrar el conflicto cuando el importe en juego es relevante", se�ala De Agust�n.El c�lculo del earn-out suele basarse en el ebitda normalizado de la empresa adquirida. Aparentemente, es una m�trica objetiva, pero en la pr�ctica la discusi�n suele centrarse en las distintas interpretaciones que pueden hacerse del mismo contrato.El socio director de Argali identifica tres frentes de fricci�n comunes: qu� ajustes est� permitido realizar -por ejemplo, si un coste se considera o no recurrente-; qu� marco contable resulta vinculante cuando las pol�ticas hist�ricas de la sociedad y las del comprador divergen; y la calificaci�n jur�dica de determinadas decisiones de gesti�n que, seg�n c�mo se interpreten, pueden suponer un ejercicio leg�timo de la discrecionalidad del comprador o una vulneraci�n de la buena fe.En Espa�a, la mayor parte de estos conflictos se ventilan en arbitraje. Es la opci�n predilecta en las operaciones de perfil m�s sofisticado, sobre todo por la confidencialidad del procedimiento. Adem�s, hay otros motivos como la posibilidad de designar �rbitros con experiencia espec�fica en M&A y en cuestiones contables complejas, as� como la mayor flexibilidad procedimental para articular peritajes y expertos.El origen de la mayor�a de estos litigios se encuentra en una asimetr�a estructural: una vez cerrada la operaci�n, el comprador asume el control del negocio, mientras que el vendedor queda a la espera de unos resultados sobre los que tiene limitado acceso y capacidad de decisi�n.Teodoro de Agust�n explica que los comportamientos que con m�s frecuencia derivan en disputa son las decisiones de gesti�n alejadas del plan de negocio inicialmente presupuestado, las integraciones o reestructuraciones que dificultan de forma artificial el c�lculo de la m�trica pactada, y las pol�ticas de asignaci�n de costes o precios de transferencia intragrupo que terminan por vaciar de contenido el earn-out.Para el socio de Argali, buena parte de estos conflictos podr�an evitarse con una mejor t�cnica contractual. As�, sostiene que en el mercado espa�ol el earn-out "se ha tratado como un ap�ndice econ�mico del contrato, cuando en realidad es un aut�ntico r�gimen jur�dico" en el acuerdo de compraventa. Entre las carencias m�s habituales, destaca la falta de un m�nimo derecho de informaci�n y auditor�a para el vendedor, la ausencia de deberes de conducta para el comprador y unos mecanismos de resoluci�n de controversias poco afinados.La irrupci�n de fondos de financiaci�n de litigios ha marcado un antes y un despu�s en estas disputas, dado que facilita estas reclamaciones a aquellos vendedores que antes no pod�an permitirse litigar por falta de recursos.Pese al aumento de la litigiosidad, el earn-out no parece condenado a desaparecer. Para De Agust�n, cabr�a esperar lo contrario: una mayor sofisticaci�n de estas cl�usulas, con m�tricas mejor definidas, obligaciones de buena fe expl�citas y mecanismos de informaci�n reforzados para el vendedor. As�, su derecho de cobro no quedar�a, como resume el letrado, "a la entera voluntad del comprador".