Las Palmas de Gran Canaria (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la tasa turística aprobada por el Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria) en 2025, la primera que se cobra en las islas, al considerar que «ni de lejos» cumple el principio legal de que lo recaudado paga un servicio prestado.
«Al menos, nada ha acreditado la entidad demandada (el Ayuntamiento de Mogán) al respecto, siendo seguro que lo recaudado merced a la controvertida tasa no tiene como finalidad solventar el servicio, también ignoto en sus aspectos cruciales, que constituye el hecho imponible» de la citada tasa turística», concluye la sentencia.
Al estimar un recurso presentado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo (FEHT), la patronal del sector en la provincia de Las Palmas, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC falla que la tasa de Mogán es «contraria» a las normas constitucionales y legales y, además, persigue un fin «recaudatorio».
La Sala reconoce al Ayuntamiento de Mogán que busca un fin «loable», pero entiende que «el tributo impugnado, atendiendo a sus elementos esenciales, así como a determinadas deficiencias, bien visibles, de la propia ordenanza que lo implantó, ha desnaturalizado la figura de la tasa».







