Quienes mantienen ahorros "bajo el colchón" tienen en estos momentos una opción novedosa para poder usarlos en el circuito formal con beneficios relevantes.En el marco de la flamante Ley de Inocencia Fiscal 27.799, reglamentada meses atrás, mucha gente puede ahora, por ejemplo, comprar vehículos, propiedades o invertir en la bolsa con esos fondos de una forma más simple que la habitual y sin que ARCA mire hacia atrás.Ahora bien, para aprovechar estas ventajas es fundamental conocer los requisitos y adherirse al nuevo esquema. A continuación, punto por punto, cómo es el procedimiento y qué se necesita saber.¿En qué consiste el nuevo régimen?La Ley de Inocencia Fiscal incorporó un régimen opcional que permite a personas humanas y sucesiones indivisas presentar una declaración jurada simplificada de Impuesto a las Ganancias.Esta modalidad especial, a la que pueden acceder quienes cumplan ciertos requisitos, no modifica la metodología de cálculo del impuesto, sino que simplifica -en cierta medida- la cantidad de información a proporcionar al fisco.Por ejemplo, no habrá que informar la situación patrimonial del contribuyente ni al inicio ni al cierre del período fiscal declarado, así como tampoco el llamado "monto consumido" (los gastos).¿Qué beneficios otorga este nuevo régimen?Si se presenta la declaración jurada y se paga en término, se producen dos efectos importantes, técnicamente:Efecto liberatorio del pago con relación al período fiscal por el cual se ejerce la opción. Esto no exime al contribuyente de pagar, sino que -una vez presentada y abonada la declaración jurada en tiempo y forma- el fisco no podrá abrir ni ajustar a partir de dicho periodo hacia atrás.El fisco presumirá la exactitud de las declaraciones juradas de IVA y Ganancias de los períodos fiscales no prescriptos.¿Qué implica esto? Que si ARCA no encuentra errores en la declaración jurada de Ganancias del año base -aquel por el cual se ejerce la opción-, ya no puede revisar períodos anteriores. Es decir, que se configura el famoso "tapón fiscal".Además, para detectar esos errores, el fisco sólo puede usar información declarada por el contribuyente, datos de sus sistemas o información de terceros.¿Cualquier omisión de impuestos hace caer los beneficios del régimen?Para que se pierdan los beneficios, tiene que existir una discrepancia significativa entre lo declarado por el contribuyente y lo determinado por el fisco. Ello se configura cuando la diferencia supere el 15% del impuesto determinado o los $100.000.000.Sin embargo, cabe destacar que el Gobierno Nacional, a través de un proyecto de ley dado a conocer el mes pasado, busca incorporar un "piso": por más que la diferencia supere el 15% del impuesto determinado, si fuera inferior a $5.000.000, el contribuyente no perdería los beneficios.Paso a paso, ¿cómo es el proceso para poder usar los dólares del colchón?Paso 1. Verificar que se cumplan los requisitos del contribuyente: ser residente fiscal argentino y no ser Gran Contribuyente. Hoy también rigen requisitos patrimoniales (máximo de $10.000 millones) y de ingresos (máximo de $1.000 millones), pero quedarían eliminados si se aprueba el proyecto de ley.Paso 2. Efectuar la adhesión formal al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias a través de la web de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Para ello, el contribuyente deberá inscribirse, si no lo estaba antes, en el Impuesto a las Ganancias.Paso 3. Presentar y abonar el saldo de la declaración jurada, de corresponder, hasta la fecha de vencimiento prevista por el fisco. Para la declaración jurada del año 2025, el vencimiento, que originalmente era a partir del 11 de junio de 2026, se prorrogó al 27 de julio.¿Cómo se pueden utilizar los fondos?El régimen de declaración jurada simplificada exige que las operaciones que efectúen los contribuyentes sean canalizadas a través de medios autorizados por el Banco Central (BCRA) y/o la Comisión Nacional de Valores (CNV). En otras palabras, la ley impone que los fondos sean incorporados al circuito formal bancario y/o bursátil, ya sea en el origen o en el destino de cada operación. Entonces, por ejemplo, para la compra de un auto el contribuyente podría depositar los fondos en una cuenta bancaria a su nombre (en el origen) y luego transferirlos a la concesionaria, o bien depositar los fondos directamente en la cuenta bancaria de la concesionaria (en el destino).La única operación habilitada para ser efectuada en efectivo, sin tener que cumplir con la exigencia mencionada en el párrafo anterior, es la compra de inmuebles.En cuanto a los requerimientos de la Unidad de Información Financiera (UIF), la constancia de adhesión deberá ser considerada como antecedente favorable por bancos, agentes de bolsa y otros sujetos obligados. Pero no implica inmunidad. El banco y el resto de los sujetos obligados igualmente podrán observar y analizar el origen de fondos y el perfil del cliente.¿Qué más debe tener en cuenta el contribuyente?Hoy, como está planteada la normativa, el contribuyente que ingrese fondos previamente no declarados en Bienes Personales habiendo, por el total de su patrimonio gravado, estado obligado; debería rectificar las Declaraciones Juradas de años anteriores correspondientes a este impuesto. El proyecto de ley, sin embargo, podría cambiar este requerimiento en caso de ser aprobado.También se deberán evaluar las implicancias que podrían generar estos ingresos bancarios respecto a las alertas automáticas que podrían dispararse en los fiscos provinciales, con respecto a impuestos omitidos como podrían ser Ingresos Brutos, Impuestos a los Sellos y otros.En cualquiera de los casos, es recomendable asesorarse con un estudio contable o un profesional debidamente matriculado.MDG
Dólares del colchón: cómo activar el nuevo "tapón fiscal" para poder gastarlos o invertir
Un beneficio incentiva a usar los ahorros en el circuito formal.Requisitos, pasos y plazos de ARCA para adherir. Y qué tener en cuenta.










