NoticiaEl oficial comandó el Batallón de Infantería n.º 44 Ramón Nonato Pérez entre 2005 y 2006. Fue sentenciado a cinco años de cárcel.Coronel (r) Germán Alberto León Durán fue condenado a 5 años de prisión por la JEP. Foto: JEP.05.07.2026 22:01 Actualizado: 05.07.2026 22:01
Giovanny Arias Sánchez tenía 27 años cuando fue asesinado y desaparecido, el 24 de mayo de 2006 en Labranzagrande (Boyacá), según la Orden de Operaciones Enigma. Durante décadas, su familia lo estuvo buscando, pero solo había recibido una versión no confirmada que apuntaba a una posible detención en Ibagué, y no fue sino hasta que se completó la exhumación e identificación de sus restos que pudo ser entregado a sus seres queridos.Arias Sánchez es una de las 31 víctimas contempladas en la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que condenó a cinco años de prisión al teniente coronel (r) Germán Alberto León Durán, quien comandó el Batallón de Infantería n.º 44 Ramón Nonato Pérez (Birno) entre diciembre de 2005 y noviembre de 2006. LEA TAMBIÉN Kevin Córdoba Arias, sobrino de Giovanny y vocero de su familia, aseguró que hablaba en nombre de su abuela, María Dolores Sánchez Ramírez, y de los demás familiares que han soportado más de 20 años de ausencia.“Soy la voz de esa madre, María Dolores Sánchez Ramírez, que las lágrimas y las fuerzas no le alcanzaron para pararse acá y expresar sus emociones por el dolor y la ausencia de 20 años. Soy la voz de esos hermanos (…) que se desintegraron y no lograron llegar a viejitos con muchas de las familias. Soy la voz de esos sobrinos (…) que no tuvieron la oportunidad de conocerlo”, expresó.El grito de María Dolores Sánchez pidiendo justicia ante la JEP por el asesinato de su hijo. Foto:JEP.El joven describió a su tío como “hijo, hermano, tío y sobrino” y sostuvo que era “un hombre con sueños, con proyectos y con una familia que lo esperaba”. Añadió que “no era un criminal, no era un enemigo de nadie, era un civil inocente” y afirmó que fue asesinado “para inflar cifras y mostrar resultados para alimentar una ambición de medallas y ascensos”.En una audiencia realizada el 18 de marzo de este año en Yopal, María Dolores Sánchez, madre de Giovanny, interpeló al coronel (r) entre lágrimas: “¿Por qué me quitaste a mi hijo? (…) Usted no sabe el daño que nos ha hecho. A mí me quitó un ser que yo amaba (…) Veinte años sin saber de él, veinte años sin saber dónde estaba”. LEA TAMBIÉN En respuesta, León Durán manifestó en una audiencia de la JEP que los encuentros con las víctimas le permitieron comprender que la estigmatización agravó las prácticas criminales. “Se llegó a optar durante mi comandancia por señalar y estigmatizar a personas inocentes y vulnerables, única y exclusivamente por utilizar drogas psicoactivas, como es el caso del señor Giovanny”, dijo.El cuerpo de Giovanny fue exhumado el 6 de diciembre de 2022 de la fosa 03 del cementerio parque Las Américas de Yopal. Luego vino un proceso de identificación en el Instituto Nacional de Medicina Legal y finalmente fue entregado el 3 y 4 de diciembre de 2025 en Armenia.Audiencia de la JEP. Foto:JEP.La sentencia contra LeónLos crímenes por los que fue juzgado el oficial en retiro consistieron en una cadena sistemática de asesinatos y desapariciones forzadas contra civiles en el norte de Casanare y el suroriente de Boyacá, cometidos por integrantes del Birno –adscrito a la Brigada XVI del Ejército– en medio de una política institucional orientada a privilegiar los resultados operacionales, según estableció la JEP.En la sentencia, con ponencia del magistrado Gustavo Adolfo Salazar Arbeláez y suscrita también por los magistrados María del Pilar Valencia García y Raúl Eduardo Sánchez Sánchez, se concluyó que existió una estructura criminal organizada que seleccionó, engañó y asesinó al menos a 31 personas, presentadas posteriormente de manera fraudulenta como guerrilleros muertos en combate. Las víctimas eran hombres jóvenes, en su mayoría campesinos y personas en condición de vulnerabilidad, provenientes de Casanare, Boyacá, Arauca, Meta, Quindío y Santander. LEA TAMBIÉN “Algunos de ellos, privados de la libertad fuera de sus territorios mediante engaños y promesas de trabajo y llevados a la jurisdicción del Birno para ser asesinados. Asimismo, personas estigmatizadas a partir de falsos reportes y antecedentes criminales, ejecutadas con sevicia y luego desaparecidas, para que sus familias no las pudieran encontrar”, indicó el magistrado Salazar.El Tribunal también estableció que, durante su comandancia, el 94,8 por ciento de los resultados operacionales reportados fueron ilegítimos. Aun así, la unidad llegó a ser reconocida como la de mayor número de bajas dentro de la Brigada XVI, un reconocimiento construido, según la JEP, sobre la muerte de civiles inocentes presentados falsamente como bajas en combate.El proceso contra León Durán comenzó en el Macrocaso 03, que asumió los hechos de Casanare mediante el Auto 033 de 2021. La Sala de Reconocimiento concluyó que 30 de esas muertes eran atribuibles directamente al Birno bajo su comandancia y, en julio de 2022, lo imputó mediante el Auto 055 como máximo responsable y autor mediato de esos crímenes.El coronel (r) Germán Alberto León Durán fue condenado a 5 años de prisión por la JEP. Foto:JEP.Inicialmente, el oficial retirado rechazó los cargos, por lo que el expediente fue remitido a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que actúa como la Fiscalía de la JEP.Sin embargo, en marzo del año pasado, antes de la presentación del escrito de acusación, manifestó su voluntad de aceptar responsabilidad. Tras una acción de tutela resuelta a su favor, el caso pasó en septiembre de ese año a la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR), donde fue tramitado bajo la figura de reconocimiento tardío, mecanismo que permite acceder a una sanción alternativa de entre cinco y ocho años de prisión.En esa misma audiencia, León Durán reconoció públicamente su responsabilidad ante más de cincuenta víctimas y familiares.“Yo emití la orden, daba una orden por escrito, y al dar esa orden, yo abría la puerta para que sucediera esto. Si yo no hubiera dado esa firma, no se hubiera presentado la pérdida de su ser querido. Firmé, y al firmar, mis hombres estaban autorizados. Yo soy el responsable de esas muertes”, expresó.También admitió que omitió ejercer controles para no comprometerse, privilegió su carrera militar sobre la vida de los civiles y permitió la fabricación de antecedentes falsos y la estigmatización de las víctimas. LEA TAMBIÉN “No se trató de excesos individuales ni de episodios aislados: fue un patrón criminal deliberado, continuado y respaldado institucionalmente mediante órdenes de operaciones, sistemas de incentivos y el silencio cómplice de superiores y organismos de control que tuvo lugar durante esos años”, explicó el magistrado Salazar.El magistrado precisó que la condena corresponde a una sanción alternativa prevista en el modelo de justicia transicional. De no haberse acogido al reconocimiento tardío y enfrentar un juicio adversarial, los responsables de conductas calificadas como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra habrían podido recibir penas superiores a los 20 años de prisión.“Es importante subrayar que la sanción impuesta incorpora un agravante de especial relevancia: la desaparición forzada. Este crimen, cuya ejecución es permanente, eleva la gravedad del conjunto de conductas sancionadas. Varias de las víctimas permanecen desaparecidas veinte años después de los hechos, y sus familias siguen sin poder dar sepultura digna a sus seres queridos. El Tribunal reconoció esta dimensión particular del daño y la incorporó tanto en la dosimetría de la pena como en el contenido obligatorio del acuerdo restaurativo”, dijo el magistrado Salazar.Añadió que ese mismo beneficio aplica a quienes reconozcan de manera genuina su responsabilidad y cumplan compromisos efectivos de aporte a la verdad, reparación de las víctimas y garantías de no repetición, condicionados al cumplimiento de esas obligaciones.“La JEP insta a todos quienes tienen información sobre crímenes cometidos durante el conflicto armado a acogerse a las condiciones del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). El reconocimiento de responsabilidad –oportuno o tardío, pero siempre genuino– no solo reporta beneficios procesales concretos, sino que constituye un acto moral indispensable para la construcción de una paz sostenible”, añadió.Como parte del acuerdo restaurativo, León Durán deberá contribuir a la búsqueda de personas desaparecidas, participar en actos de dignificación en varios municipios, entregar documentación operacional y diseñar una cátedra de ética y derechos humanos para las escuelas de formación militar.Audiencia de la JEP. Foto:JEP.La cuarta sanciónCon esta sentencia, la JEP completa cuatro fallos desde su creación. Los anteriores fueron dictados contra el antiguo secretariado de las Farc por secuestros; contra 12 militares del Batallón La Popa por ejecuciones extrajudiciales, quienes deben cumplir ocho años de sanción propia; y contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía, condenado a 20 años de prisión por ‘falsos positivos’. De esas tres decisiones, dos ya quedaron en firme tras ser resueltas en segunda instancia: la del secretariado de las Farc, aunque con cambios como la eliminación de la condena por esclavitud a cinco comparecientes, y la del Batallón La Popa, cuya responsabilidad por asesinato y desaparición forzada fue ratificada, aunque se revocó la condena por persecución y tortura. La sentencia contra Mejía sigue a la espera de resolución. LEA TAMBIÉN Para el presidente de la JEP, el magistrado Alejandro Ramelli, el caso abre una ruta para otros comparecientes que actualmente enfrentan procesos adversariales.“Es otro camino que pueden tener las personas que están en un juicio adversarial que deciden, en el momento oportuno, aceptar, así sea tardíamente, su responsabilidad. Esto conlleva a una rebaja sustancial de la pena que eventualmente podrían enfrentar si llegan a una sentencia”, afirmó.Ramelli explicó que el modelo transicional difiere del de la justicia ordinaria porque parte de una macroinvestigación y porque la aceptación de cargos no es suficiente para acceder a beneficios. “Es diferente a la justicia ordinaria porque hubo una macroinvestigación que no se limita a una imputación y en este caso no basta con aceptar los cargos, porque se tiene que hacer una audiencia con las víctimas para decirles la verdad”, puntualizó.Juan Diego TorresRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.










