Las leyes de Florida dicen que una persona que ha conducido bajo los efectos del alcohol u otras sustancias (DUI) es culpable de un delito. La mayoría supone que la legislación se refiere solamente a coches, camionetas, camiones y otros vehículos con motor. Por eso, puede sorprender que también incluya otras formas de moverse, en principio, más inofensivas.El Florida Court File explica que “el Estatuto de Florida 316.193 penaliza la conducción de un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol, sustancias químicas o sustancias controladas”.Agrega que “un concepto fundamental es el "control físico real", porque no es necesario estar conduciendo activamente para ser acusado”. Por ejemplo, si una persona se encuentra en un vehículo y tiene la capacidad de operarlo por permanecer en el asiento del conductor con las llaves puestas puede ser arrestado y acusado.En este contexto, cobra vital importancia la definición de “vehículo” en el Estatuto de Florida y en las consideraciones de la agencia Florida Highway Safety and Motor Vehicles (FLHSMV).¿Qué dice la ley sobre los ciclistas?La clave está en el propio Estatuto, cuando define “vehículo”: “Todo dispositivo en, sobre o mediante el cual se transporte o arrastre a cualquier persona o propiedad en una calle o carretera, excepto los dispositivos de entrega personal, los transportistas móviles y los dispositivos utilizados exclusivamente sobre rieles o vías fijas.”El FLHSMV es claro: “en Florida una bicicleta está reconocida legalmente como vehículo y la persona que la conduce se considera conductor. Como resultado, las personas que andan en bicicleta tienen los mismos derechos en las carreteras que otros conductores de vehículos y deben cumplir con las mismas leyes de tráfico”.Para evitar sanciones, conviene recordar algunos consejos para ciclistas que brinda FLHMSV:• Un ciclista debe obedecer todos los controles y señales de tráfico.• Una bicicleta sólo podrá utilizarse para transportar el número de personas para las que está diseñada.• No andes en bicicleta bajo los efectos del alcohol o las drogas.• Manténgase alerta: no envíe mensajes de texto mientras anda en bicicleta ni use audífonos o audífonos para poder escuchar todo lo que lo rodea.• Un ciclista que circula por aceras o cruces peatonales debe ceder el paso a los peatones y debe dar una señal audible al pasar.• Un ciclista que no viaja a la misma velocidad que el resto del tráfico debe circular en el carril para bicicletas designado o lo más cerca posible de la acera o borde derecho de la carretera.• Todos los ciclistas y pasajeros menores de 16 años deben usar cascos. Sin embargo, se recomienda que todos los ciclistas usen casco, sin importar su edad.En cuanto a las sanciones, Florida Court File informa que la primera es un delito menor (hasta seis meses de cárcel y hasta nueve si el nivel de alcohol en sangre es de 0,15 o superior). Además de multas de entre $500 y $2000 y hasta la incautación del vehículo por diez días.Si el conductor vuelve a cometer la infracción podría ser sentenciado a pasar entre diez días y nueve en la cárcel y pagar multas de entre $1000 y $2000. La tercera infracción podría constituir un delito grave de tercer grado, castigado con hasta cinco años de prisión. La categoría y la pena se mantienen en la reincidencia.En caso de que conducir en situación DIU produzca lesiones graves a otra persona, es un delito grave de tercer grado (hasta 5 años de prisión). Si causa homicidio involuntario, la pena aumenta a 15 o 30 años de prisión.