NoticiaPersonería, Defensoría y Procuraduría piden garantías para población vulnerable. El desalojo se postergó. La Alcaldía explica el caso.Zona del corregimiento de Navarro, al suroriente del casco urbano de Cali. Reunión en la Personería. Foto: Personería de Cali y Alcaldía de CaliPERIODISTA02.07.2026 17:21 Actualizado: 02.07.2026 17:28
Cinco años lleva el litigio entre la empresa Interconexión Eléctrica S. A. ESP (ISA) y un grupo de casi 400 familias en torno a un terreno ubicado en el Paraje de Cauquita, del corregimiento de Navarro.Reunión en la Personería de Cali. Foto:Personería de CaliLa zona rural se encuentra al suroriente de Cali reclamada en restitución por Interconexión Eléctrica con una acción de tutela fallada a su favor contra las secretarías de Bienestar Social y Vivienda del distrito y la misma Alcaldía, en segunda instancia por el Juzgado 10 Civil del Circuito de Oralidad en 2024. Pero este es un complejo dilema social, si se tiene en cuenta que dentro de las familias, con un total de más de mil personas en el asentamiento cuyo nombre es Brisas de las Torres, hay niños, ancianos, migrantes y toda una población en condiciones de vulnerabilidad que también han acudido a tutelas contra la Administración distrital, reclamando soluciones dignas para vivir y el respeto al debido proceso.Según el personero de Cali, Gerardo Mendoza, una caracterización realizada por la Secretaría de Vivienda de la capital del Valle señala que el asentamiento está conformado por 390 hogares y 1.226 personas. De ese número, 486 son niños, niñas y adolescentes; 453 son jefes de hogar víctimas del conflicto armado, además de que hay madres cabeza de familia, adultos mayores y personas en condición de discapacidad.El terreno con dos predios en una franja de servidumbreEl terreno en la disputa es una franja de servidumbre, es decir, un área delimitada a lo largo de infraestructuras, en este caso, líneas eléctricas e instalaciones relacionadas con ISA. Los abogados de la empresa se remontan al 12 de agosto de 2021, cuando en compañía de la Fuerza Pública "se evidencia la perturbación en las zonas de servidumbre eléctrica y sus alrededores con al menos 400 ramadas o cambuches en materiales de madera, poli sombra verde y cintas amarillas". ISA señala en la acción de tutela que dicha franja abarca los predios identificados con matrículas inmobiliarias 370-542812 y 370-122406 de la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos de Cali.Las palabras de la corregidora de NavarroLa corregidora de Navarro, Fulvia Euyenith Cortés Cabezas, en una carta dirigida a la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y la Personería de Cali, con fecha del 26 de junio de este 2026, dice que en la inspección rural de la Policía del corregimiento cursó un proceso policivo. "Se han realizado los requerimientos para que los organismos competentes, de acuerdo con lo que señala la sentencia SU - 016 de 2021, adelanten caracterización y dé a conocer la oferta de servicios e institucional que incluya alternativas de vivienda y reubicación a víctimas por desplazamiento forzado y sujetos de especial protección", dice la carta de la corregidora. "Se han realizado las convocatorias para las mesas de trabajo preparatorias indispensables previas a la ejecución y materialización de la medida correctiva, se han convocado a entidades y organismos con competencias en la materialización incluida la defensoría del pueblo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y la Unidad Para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas", anota la autoridad del corregimiento caleño en el documento conocido por EL TIEMPO."Pese a los esfuerzos de este despacho y ante la falta de materialización y ejecución de la medida correctiva, por ausencia formal de caracterización, oferta de servicios y falta de apoyo policial para el desarrollo de la diligencia, Interconexión Eléctrica S. A. ESP promueve acción de tutela, a fin de que se materialice la decisión tomada, indicando vulneración de sus derechos fundamentales, acceso a la administración de justicia, al debido proceso y a la vida", es otro segmento del comunicado.El documento también indica que "mediante sentencia de tutela No. 96, el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Oralidad de Cali ordenó entre otros censar y caracterizar a la población objeto de la medida con el fin de diseñar el plan de contingencia necesario para ofrecer alternativas de vivienda y reubicación y evitar con ello la vulneración de sus derechos fundamentales, teniendo en cuenta sujetos de especial protección constitucional (SEP) por razones diferentes al desplazamiento forzado, la población en condición de discapacidad, los menores de edad, ancianos, migrantes venezolanos y aplicar lo dispuesto en la sentencia SU-016-2021 en relación con las medidas de protección de esta población y en un tiempo máximo de siete meses. Una vez cumplido lo anterior, la corregidora fijará la fecha para llevar a cabo el desalojo”.Zona del corregimiento de Navarro, al suroriente del casco urbano de Cali. Foto:Alcaldía de CaliEn un comienzo, el desalojo estuvo programado para el 30 de junio de este año. No obstante, el personero de Cali con la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo había recomendado que la diligencia se postergara "para garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en las mesas interinstitucionales, entre ellos, la jornada de postulación que actualmente adelanta la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat en el territorio, con el fin de que las familias que cumplen los requisitos puedan acceder a las medidas institucionales previstas". La medida se corrió para el próximo 22 de julio.Adicionalmente, el juzgado 14 Civil Municipal de Cali mediante auto interlocutorio No. 002 del 14 de enero de 2026, indica “como quiera entonces que lo dispuesto en sede de segunda instancia ya se encuentra cumplido en su totalidad, pues se insiste ya se realizó el censo y caracterización de la población, se cruzaron las bases de datos, se determinó la competencia respecto de los albergues y ya se tiene el plan de contingencia". "Se entiende entonces que lo que se encuentra pendiente es la aprobación del presupuesto por parte de una entidad externa a los involucrados en la acción de tutela y el resto de la socialización de la oferta de vivienda. Considera el despacho que en este punto del proceso la corregidora puede fijar fecha y hora para la diligencia de desalojo atendiendo el cronograma de actividades presentado a este despacho por parte del departamento jurídico de la alcaldía”. Este es otro aparte del documento de la corregidora de Navarro. La funcionaria en su recuento dice que la comunidad ha realizado manifestaciones y que por ello se llevó a cabo una reunión en la Personería el pasado 24 de junio para discutir el retiro voluntario del predio y la postulación al subsidio de arrendamiento, como consta en el acta de la mesa interinstitucional. Asimismo, "la Secretaria de Vivienda Social y Hábitat se encuentra en el territorio realizando jornada de postulación que fue solicitada por los líderes. Por tanto, se requiere que como Ministerio Publico se inste a la mesa de víctimas y ocupantes del predio para que realicen la debida postulación que les permita contar con la garantía en la fecha programada para la restitución. Si no lo hacen deberán asumir la consecuencia de sus actos y omisiones, pues esta autoridad procederá a ejecutar la diligencia de restitución en la nueva fecha programada, con el acompañamiento de las entidades competentes y dando estricto cumplimiento a la orden judicial y a las garantías previstas por la sentencia SU-016 de 2021". En el documento de la corregidora se lee, además: "En consecuencia se deja claridad que la presente reprogramación no obedece al incumplimiento de los requisitos establecidos por la Corte Constitucional ni a la inexistencia de condiciones jurídicas para ejecutar la medida, pues dichos presupuestos se encuentran satisfechos".El Ministerio Público elevó la recomendación de aplazar el desalojo masivo y "se fundamenta en las conclusiones de la mesa interinstitucional de ese 24 de junio en la Personería distrital de Santiago de Cali, donde se evidenció que aún no se ha materializado de manera integral el cumplimiento de las medidas de protección ordenadas por la sentencia de tutela No. 96 del Juzgado Décimo Civil del Circuito de Cali y por la sentencia SU-016 de 2021 de la Corte Constitucional"."Durante el encuentro, las entidades constataron que el proceso de entrega de subsidios de arrendamiento continúa en trámite y que un número importante de familias aún no cuenta con alternativas efectivas de reubicación", dice un reporte de la Personería.El Ministerio Público recordó que la decisión judicial ordenó a la Administración distrital realizar la caracterización de la población, diseñar un plan de contingencia, ofrecer alternativas de vivienda y reubicación y garantizar la protección de los derechos fundamentales antes de fijar la fecha para la diligencia de desalojo.En ese sentido, las entidades advirtieron que adelantar el procedimiento sin que previamente se hayan concretado estas medidas podría generar riesgos de vulneración de derechos fundamentales de la población afectada.Asimismo, se resaltó que durante la mesa interinstitucional, la comunidad manifestó su disposición de avanzar hacia un desalojo voluntario, siempre que existan garantías reales para su reubicación y protección.Por ello, la Procuraduría General de la Nación, la Personería distrital de Santiago de Cali y la Defensoría del Pueblo recomendaron reprogramar la diligencia hasta que se acredite el cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales y la implementación de las medidas de subsidio, vivienda o reubicación previstas en las decisiones de los jueces constitucionales.Finalmente, "el Ministerio Público reiteró su disposición de continuar acompañando institucionalmente este proceso, promoviendo la articulación entre las entidades competentes y velando por el cumplimiento de las decisiones judiciales, la protección de los derechos humanos y el respeto por el debido proceso".¿Qué dice la Alcaldía de Cali?EL TIEMPO buscó respuestas en la Administración sobre el crítico caso donde explicaron: "La Secretaría de Vivienda Social y Hábitat respeta las recomendaciones y advertencias de la Procuraduría General de la Nación, la Personería distrital de Santiago de Cali y la Defensoría del Pueblo en la protección de los derechos de la población asentada en Brisas de las Torres"."No obstante, frente a la recomendación de aplazar la diligencia de restitución, que estaba prevista para el 30 de junio, es necesario precisar que la sentencia SU-016 de 2021 no condiciona la ejecución de la medida a la reubicación definitiva de la totalidad de la comunidad". Además: "La jurisprudencia establece la obligación de garantizar el debido proceso, la caracterización de la población, la identificación de sujetos de especial protección y la adopción de medidas de atención diferencial y esto se ha cumplido estrictamente.En ese sentido, "la Corte Constitucional ha señalado que la ocupación irregular de bienes no genera un derecho automático a soluciones de vivienda, y que el acceso a los programas existentes debe realizarse conforme a las reglas y requisitos establecidos".El comunicado de la Alcaldía puntualiza: "Desde 2024, la Administración distrital ha adelantado acciones permanentes para la atención de la población asentada, entre ellas la caracterización socioeconómica, la identificación y verificación de hogares, jornadas de socialización de la oferta institucional, articulación interinstitucional, procesos de postulación a subsidios de arrendamiento, evaluación de requisitos y asignación de subsidios a los hogares que cumplieron las condiciones establecidas".Agrega: "Los subsidios distritales de vivienda requieren la manifestación voluntaria de interés por parte de los hogares y el cumplimiento de los requisitos técnicos, jurídicos y socioeconómicos vigentes. En consecuencia, la Administración no puede postular de oficio ni asignar subsidios a quienes no participen en los procesos establecidos".Explica que las alternativas de vivienda contempladas por la jurisprudencia comprenden medidas temporales de alojamiento, acceso a la oferta institucional e inclusión en programas de vivienda, sin que ello implique la obligación de garantizar soluciones definitivas para la totalidad de los ocupantes antes de la ejecución de una medida de restitución."La Alcaldía de Santiago de Cali, a través de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, reitera su disposición para continuar acompañando a la comunidad, fortalecer la articulación institucional, ampliar las jornadas de postulación y garantizar la atención diferencial de los sujetos de especial protección constitucional", se lee en el comunicado."En ese sentido, considera que las actuaciones adelantadas acreditan el cumplimiento de las obligaciones asignadas por la Constitución, la ley y la jurisprudencia vigente", concluye la misiva de la Alcaldía.CAROLINA BOHÓRQUEZCorresponsal de EL TIEMPOCaliConsulte más noticiasLa audiencia por el crimen de Natalia Villalba. 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