NoticiaEl indígena Pedro Antonio Achicanoy es requerido por Estados Unidos por cargos de narcoterrorismo y apoyo material a la Segunda Marquetalia.La decisión fue proferida por la Corte Suprema de Justicia. Foto: CortesíaPERIODISTA JUDICIAL02.07.2026 07:44 Actualizado: 02.07.2026 07:58
Pedro Antonio Achicanoy Mora, un indígena de una comunidad de Nariño, es requerido por una corte del sur de Texas por presuntamente prestar apoyo material al grupo narcoterrorista de la 'Segunda Marquetalia' e integrar una red dedicada al envío de cocaína hacia ese país. La Corte Suprema de Justicia acaba de avalar su extradición.El indictment en su contra lo señala de participar, desde al menos abril de 2023 y junto con Juan Carlos Velásquez Vaquiro, alias 'Tío Vinicio', y Antonio Pinargote Cedeño, alias 'Veneno', en un esquema para financiar a las disidencias a través del narcotráfico."Comenzando el 1 de abril de 2023, o alrededor de esa fecha, los acusados Juan Carlos Velásquez Vaquiro, alias 'Tío Vinicio'; Antonio Pinargote-Cedeño, alias 'Veneno'; y Pedro Antonio Achicanoy Mora participaron intencionalmente en (...) fabricar, distribuir y poseer (...) con la intención de distribuir 5 kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, y concierto para hacerlo", se lee en la sentencia.Y agrega: "Dicha conducta ocurre o incide en el comercio interestatal y exterior, a sabiendas y con la intención de proveer, directa o indirectamente, alguna cosa de valor pecuniario a alguna persona u organización, es decir, la Segunda Marquetalia, que ha participado y participa en actividades terroristas y terrorismo", se lee en la sentencia.Entre los cargos también figura el de haber conspirado para prestar apoyo material a la Segunda Marquetalia, organización que Estados Unidos mantiene designada como grupo terrorista extranjero.Durante el proceso, la defensa pidió que se emitiera un concepto desfavorable al considerar que la documentación remitida por Estados Unidos era insuficiente y cuestionó la equivalencia de la acusación extranjera y el cumplimiento del principio de doble incriminación.Sin embargo, la Corte rechazó esos argumentos y reiteró que, en los trámites de extradición, no le corresponde valorar la responsabilidad del reclamado ni la fortaleza de las pruebas, sino únicamente verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales. Esas discusiones, precisó, deberán plantearse ante los jueces estadounidenses.El alto tribunal también descartó que existiera una vulneración al principio de non bis in idem (no ser juzgado dos veces por los mismos hechos). Aunque Achicanoy Mora registra una condena anterior por infracción a la Ley 30 de 1986 y una investigación archivada por porte ilegal de armas, concluyó que esos procesos no guardan relación con los hechos por los cuales es reclamado por Estados Unidos."Las conductas contenidas en la acusación extranjera se encuentran penalizadas en los dos países y están sancionadas con pena mínima superior a los cuatro años de prisión. En consecuencia, la Sala considera que se satisface la exigencia de la doble incriminación en el presente asunto", concluyó la Corte.Con este concepto favorable, el expediente pasa al Gobierno Nacional, que tendrá la última palabra sobre si concede o no la extradición.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.











