La justicia argentina puso un nuevo freno a las pretensiones de Javier Milei de gobernar de espaldas al Congreso. La Cámara Nacional Electoral declaró nulo un decreto del presidente que buscaba limitar el otorgamiento de la ciudadanía argentina a extranjeros y que dejaba esa decisión, hasta ahora en manos judiciales, a criterio del Ejecutivo. El tribunal le advirtió al mandatario ultra que se excedió en sus atribuciones y que tomó medidas expresamente prohibidas por la Constitución, “bajo pena de nulidad absoluta e insanable”.El fallo fue dictado este martes y dio por tierra con un decreto de necesidad y urgencia firmado por Milei en mayo del año pasado, en el marco de un discurso antiinmigración que asociaba a extranjeros con criminales. “Argentina no será tierra fértil para la llegada de los delincuentes”, había dicho al anunciar las reformas el entonces portavoz del presidente, Manuel Adorni, el mismo funcionario que acaba de dejar el Gobierno en medio de un escándalo de presunta corrupción. El decreto 366 de Milei pretendía endurecer los controles migratorios, fijar requisitos más estrictos para la entrada y la permanencia en el país de extranjeros con antecedentes judiciales y, entre otras cosas, limitar el acceso gratuito a servicios de salud y educación para personas sin residencia permanente. La norma establecía también que la justicia federal perdía la potestad para otorgar la ciudadanía argentina y que esa competencia pasaba a la Dirección Nacional de Migraciones, un organismo dependiente del propio Ejecutivo. Numerosas organizaciones civiles, así como particulares damnificados, impugnaron el decreto ante los tribunales. El caso que ahora obtuvo sentencia fue planteado por un ciudadano de origen chino, establecido en el país desde 2015 y sin antecedentes penales: Migraciones le negó la residencia y solicitó su expulsión del país, pese a que cumple con los requisitos previstos en la Ley de Ciudadanía. En su sentencia, los jueces Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía de la Cámara Electoral resolvieron declarar la nulidad del decreto de Milei, porque fue dictado “en exceso de las atribuciones que la Constitución Nacional confiere al Poder Ejecutivo Nacional”. Los magistrados sostuvieron que hay una “intrínseca vinculación” entre el otorgamiento de la ciudadanía y la adquisición de derechos políticos y al voto, y que el texto constitucional le prohíbe al presidente legislar mediante decretos sobre materia electoral o cuestiones referidas a los partidos políticos.Los camaristas destacaron, además, que las circunstancias alegadas por el Ejecutivo para defender la supuesta necesidad de dictar el decreto no fueron de “rigurosa excepcionalidad y urgencia” que implicara la imposibilidad de cumplir con el trámite previsto en el Congreso. Al contrario, señalaron, se trató de argumentos de “oportunidad, mérito o conveniencia” propios de una decisión legislativa ordinaria. El Gobierno de Milei puede apelar la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia. Hace apenas una semana, el máximo tribunal del país falló contra otra decisión del Ejecutivo ultra, que se negaba a cumplir con la ley de financiamiento universitario aprobada por el Congreso.