El Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó, por mayoría, los recursos extraordinarios presentados por la Fundación Valdocco y por la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes N° 1, y dejó firme la sentencia de la Cámara de Apelaciones Multifueros que había desestimado la acción de amparo contra las medidas adoptadas por el Ministerio de Educación.
La resolución, dictada en la sentencia 245/26, mantiene vigente el fallo que no hizo lugar al planteo de la fundación contra los actos administrativos vinculados con la UEGP N° 144, entre ellos la suspensión y retención de aportes estatales y las decisiones posteriores sobre el funcionamiento institucional del establecimiento.
En términos prácticos, el máximo tribunal provincial no ordenó restituir los fondos reclamados ni dejó sin efecto, por la vía del amparo, las medidas cuestionadas por Valdocco. La mayoría consideró que no se acreditó una situación de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, requisito central para habilitar esta vía excepcional.
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El fallo que favoreció la posición del Estado provincial













