NoticiaUno de los argumentos sostiene que la ley desconoce el carácter laico del Estado colombiano. Nuevo festivo en Colombia. Foto: IStock y archivo particular.26.06.2026 12:37 Actualizado: 26.06.2026 12:44
A la Corte Constitucional llegó una demanda contra la Ley 2578 de 2026, mediante la cual se estableció un nuevo día festivo en Colombia en honor a Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá. La norma fija como día de descanso remunerado el 9 de julio y ha abierto un debate jurídico sobre los límites del Estado laico y la constitucionalidad de los festivos de origen religioso.La demanda fue presentada por Rodrigo Ospina Ortiz, quien sostiene que la ley desconoce el carácter laico del Estado colombiano, presenta vicios en su trámite legislativo —al asegurar que fue aprobada "a pupitrazo" en el Congreso— y genera una carga fiscal injustificada para el sector productivo.Aunque la ley tiene como objeto principal rendir homenaje al municipio de Chiquinquirá (Boyacá) como "centro turístico religioso, histórico y cultural", su artículo 6 establece la obligatoriedad del nuevo festivo en todo el territorio nacional.La disposición señala que "todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado por la celebración de carácter religioso" Corte Constitucional Foto:Carlos Ortega. EL TIEMPOLa demanda ha provocado un amplio debate en redes sociales, donde numerosos ciudadanos han rechazado la posibilidad de que desaparezca el nuevo festivo. Asimismo, entre juristas se ha abierto una discusión sobre la viabilidad de que la Corte Constitucional declare inexequible la norma.El festivo de este año no está en riesgoPara el abogado constitucionalista Sergio Andrés Morales, lo primero que debe aclararse es que el festivo de este año no se encuentra en riesgo. Explica que la demanda apenas se encuentra en la etapa inicial de revisión para determinar si será admitida por la Corte Constitucional, por lo que, incluso si eventualmente prosperara, una eventual decisión solo tendría efectos hacia el futuro."Mi lectura es que el cargo con verdadero peso es la neutralidad religiosa", afirma Morales.Según el constitucionalista, la demanda enfrenta a la Corte con dos líneas de su propia jurisprudencia. Por un lado, existe un precedente que ha avalado los festivos de origen religioso al considerar que hacen parte de tradiciones culturales profundamente arraigadas y no implican una adhesión obligatoria.¿Para cuándo quedó definido el nuevo festivo en Colombia? Foto:ARCHIVOSin embargo, recuerda que cuando la Corte ha analizado leyes con contenido religioso ha sido más exigente y ha sostenido que estas solo son compatibles con la Constitución cuando persiguen un fin predominantemente laico, es decir, un propósito civil o de interés general que prevalezca sobre el componente religioso.Desde esa perspectiva, considera que el nuevo festivo presenta una dificultad constitucional porque no se limita a reconocer una tradición histórica ya existente, sino que crea expresamente un día festivo para conmemorar una advocación mariana. Además, la propia ley señala que el descanso remunerado se concede por una "celebración de carácter religioso", circunstancia que podría entrar en tensión con el deber de neutralidad religiosa del Estado. LEA TAMBIÉN Los antecedentes que respaldan la leyEn contraste, el abogado penalista Francisco Bernate considera que la demanda carece de fundamento jurídico, pues la Corte Constitucional ya ha resuelto controversias similares en sentencias como la C-107 de 1994 y la C-1261 de 2000.Según explica, en esas decisiones el alto tribunal estableció de manera consistente que la existencia de festivos de origen religioso no vulnera el carácter laico del Estado ni desconoce el principio de neutralidad religiosa.En consecuencia, Bernate sostiene que el reconocimiento del día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá no constituye una imposición de la fe católica ni un mandato de culto, sino el reconocimiento legislativo de una tradición cultural profundamente arraigada en la historia del país."En otras palabras, para la Corte una cosa es que el origen del día sea religioso y otra muy distinta que el Estado esté imponiendo una fe. El punto decisivo fue que la norma opera como un día de descanso remunerado, no como un mandato de culto", explica.Frente a los cuestionamientos sobre el impacto fiscal y los costos laborales que implica un nuevo día festivo, Bernate considera que tampoco tienen el peso suficiente para derribar la ley, pues la regulación de los tiempos de descanso hace parte de la potestad de configuración normativa del Congreso.Natalia Peláez Sabogal Escuela de Periodismo Multimedia EL TIEMPO Redacción Justicia Conozca más noticias de Justicia: Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







