Aunque entre los guatemaltecos es habitual hablar del costo de la calcomanía o valor de la calcomanía, una expresión que se popularizó porque años atrás el distintivo físico debía colocarse en el vidrio del vehículo, en realidad el pago corresponde al Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), cuyo valor es calculado por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con el artículo 29, literal a), del Decreto 70-94, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, la fecha límite para pagar el impuesto de circulación es el 31 de julio de cada año.

Aunque en ocasiones anteriores el Congreso de la República ha aprobado decretos para ampliar el plazo de pago, hasta el momento no existe ninguna iniciativa presentada que permita extender la fecha límite para el pago correspondiente a 2026.

Según confirmó a este medio, la Dirección de Comunicación Social del Congreso de la República: "a la fecha no se ha ingresado ningún expediente orientado a promover una ampliación del plazo".

Las prórrogas han sido excepcionales