Noticia Exclusivo suscriptores La Comisión Interamericana estudia la masacre de Campamento (Antioquia), atribuida al grupo que, según la Corte Suprema, comandó Santiago Uribe Vélez.Imagen de referencia. Con documentos de la Fiscalía y la CIDH en poder de EL TIEMPO. Foto: Archivo Particular22.06.2026 14:24 Actualizado: 22.06.2026 14:24
El pasado 4 de junio, que el hacendado Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quedó formalmente condenado a 28 años de cárcel por orden de la Corte Suprema de Justicia. Tras resolver un recurso de doble conformidad, la Sala Penal de la alta corte confirmó lo evaluado por el Tribunal Superior de Antioquia, en el sentido de declarar a Santiago Uribe Vélez como responsable de dirigir el grupo criminal y de mal llamada limpieza social de ‘Los 12 Apóstoles’, en varios municipios de Antioquia. Además, por el asesinato del conductor regional Camilo Barrientos, todo ello en los noventas.La Sala Penal basó su posición en la voz de testigos, así como prueba documental, la cual señaló a Santiago Uribe Vélez de ser el “líder y miembro principal de un grupo ilegal armado, que cumplió acciones criminales de limpieza social”, que operaba principalmente en Yarumal (Antioquia). Como ya lo había fallado el Tribunal Superior, la Corte Suprema confirmó que Uribe Vélez tenía un pleno papel de liderazgo, sumado al apoyo de la Fuerza Pública, para cometer asesinatos selectivos. Incluso, que, en su finca La Carolina, se entrenaba a sujetos armados para tales fines.Cabe aclarar que la decisión tuvo los salvamentos parciales de los magistrados Gerardo Barbosa y José Joaquín Urbano, quienes consideraron que el proceso no es válido porque, para ellos, el delito de concierto para delinquir había prescrito. De hecho, esta decisión se tomó en tiempo récord, teniendo en cuenta que los términos estaban a punto de vencerse. La segunda instancia, la determinada por el Tribunal, recién fue resuelta el pasado 25 de noviembre de 2025. Sin embargo, también es cierto que la denuncia inicial contra Uribe Vélez data de 1995.Santiago Uribe Foto:Santiago UribeCon esa verdad judicial consumada, EL TIEMPO pone de presente que, parte de la victimización a la que fueron sometidos los habitantes de la región por parte de ‘Los 12 Apóstoles’, se encuentra bajo la mirada de la justicia internacional. En particular, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual el 17 de octubre de 2015 admitió para su estudio la denominada masacre de Campamento (Antioquia), perpetrada, según los denunciantes, por este grupo criminal en junio de 1990. De hecho, el pasado 5 de junio se cumplieron 36 años del hecho criminal.Esa noche, “un grupo de personas vestidas con prendas de uso privativo de las fuerzas militares y de civil incursionaron en la vereda La Solita, municipio de Campamento (Antioquia). Su propósito era masacrar a la familia Duque López, que se había desplazado forzadamente a la zona desde Puerto Valdivia, debido a las constantes amenazas que recibieron de miembros del Ejército y grupos paramilitares por su simpatía y militancia en la Unión Patriótica”, explica la Comisión Colombiana de Juristas.Memoria dispuesta al público por el abogado y defensor de derechos humanos, Sergio Mesa. Foto:XY agrega: “Hasta Campamento llegaron las manos criminales para asesinar a Marta María López Gaviria, Luis Gildardo López Gaviria, Elvia Rosa Velásquez Espinoza, Hernán Quintero y dos niñas, Ana Yoli Duque López y Marta Milena López. Darwin Cristóbal López, de ocho años, y Renso Antonio Duque Velásquez, de dos meses, resultaron heridos, pero sobrevivieron, como también lo hizo Francisco Luis Duque”, se lee en el expediente de la Comisión.¿Qué ha señalado la Comisión Interamericana con respecto a la masacre de Campamento?De acuerdo con el expediente oficial, la masacre de Campamento se contextualiza en la llegada del movimiento político de la Unión Patriótica a la zona norte de Antioquia, a mediados de los ochenta. El informe documenta que la organización encontró, pronto, apoyo en pobladores y movimientos sociales y campesinos. Paralelamente al surgimiento de la UP, ocurrieron de forma sistemática masacres en varias poblaciones de la zona, donde este partido tenía una fuerte influencia política.“Alegan (los peticionarios) que, desde la década de los ochenta, la presencia y accionar de grupos paramilitares se evidenció en la zona por una serie de hechos violentos, y que en los años de 1990 hacía presencia un grupo paramilitar local llamado ‘Los Doce Apóstoles’, el cual habría sido el responsable de numerosas ejecuciones extrajudiciales de pobladores, incluida la de las víctimas del presente caso. Señalan que este grupo estaría integrado por la Fuerza Pública y ex miembros de la “Sección de orden ciudadano municipal’”, se lee en el informe.Informe del caso en la CIDH. Foto:CIDHEl Estado colombiano ha respondido a esa demanda explicando que los peticionarios no han aportado información que permita establecer la presunta pertenencia de Luis Duque Pino, Marta María López Gaviria, Luis Gildardo López Gaviria, Oscar Duque y María Eugenia López a la UP. Ha respondido que, por ende, no se puede asumir la militancia en dicho partido como motivo de la presunta ejecución. Colombia ha señalado que las investigaciones se habrían conducido de forma diligente y en un plazo razonable dado la complejidad del caso; además, que se debe tener en cuenta que, en la zona y para la fecha en la que se dieron los hechos, había presencia de grupos armados al margen de la ley como las FARC y las autodefensas.Visita de la CIDH a Colombia. Foto:Archivo ParticularLa CIDH, no obstante, consideró de manera preliminar que la masacre de la familia Duque López puede considerarse una violación clara a los artículos 4 y 5 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, en lo relativo a la protección a la vida e integridad personal. “Por otra parte, la CIDH considera que los alegatos referentes a la posible relación entre la alegada ejecución de las presuntas víctimas y su vinculación con el partido político Unión Patriótica, así como la falta de esclarecimiento judicial sobre estos hechos, de ser probada, podría constituir una violación al artículo 16 de la Convención Americana (libertad de asociación)", se explica en el informe.El órgano de vigilancia internacional consideró admisible el caso, además, por posibles violaciones a la protección de la familia, los derechos de los niños, los derechos políticos y la protección judicial, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Actualmente, la CIDH se encuentra realizando un informe de fondo al respecto, en el que podría rechazar el caso o remitir el expediente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual podría condenar a Colombia y ordenarle medidas de obligatorio cumplimiento.¿Qué ha respondido la familia y defensa de Santiago Uribe Vélez?A través de sus redes sociales, el expresidente Álvaro Uribe Vélez señaló que su familia está muy abatida por la confirmación de la condena. “Es muy injusto. Ese grupo de ‘Los 12 Apóstoles’ primero dijeron que era de un sacerdote, que era el jefe. Lo absolvieron. Se murió. Después tuvieron muchos comerciantes presos, algunos de ellos defendidos por el doctor Jesús maría Valle. A todos los absolvieron y ninguno acusó a mi hermano”, señaló.Expresidente Álvaro Uribe Foto:EL TIEMPOA su turno, el abogado de confianza de la familia Uribe Vélez, Jaime Granados Peña, agregó que “las decisiones judiciales deben ser respetadas y acatadas. Sin embargo, a través de los mecanismos jurídicos consagrados en el ordenamiento jurídico seguiremos defendiendo la inocencia de Santiago, pues los 16 años de conocimiento de este caso nos permiten advertir que está siendo injustamente condenado. Tras estudiar el contenido completo de la decisión y de los salvamentos de voto, la defensa se pronunciará con mayores detalles”.Jhoan Sebastian Cote Lozanojhocot@eltiempo.com@SebasCote95 en XMÁS INFORMACIÓN EN SECCIÓN JUSTICIA Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.











