La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por las defensas de los represores Ernesto Guillermo Barreiro, Carlos Enrique Villanueva y Carlos Alberto Díaz, condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en una casa quinta que funcionó como centro clandestino de detención en Villa Parque Guiñazú.

El fallo del 18 de junio último dejó firme la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF2) de Córdoba en abril de 2023, que condenó a los tres ex integrantes del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército como coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos e imposición de tormentos seguidos de muerte.

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Durante el juicio, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación intervino como querellante junto al Ministerio Público Fiscal. El veredicto hizo lugar al pedido formulado por la fiscalía en sus alegatos y dispuso la unificación de esta condena con la pena que los imputados ya habían recibido en la megacausa La Perla en 2016, estableciendo una pena única de prisión perpetua.