En este proceso electoral, hubo un total de 1.661 actas observadas.Publicidad19 de junio, 2026 - 22h33Los Jurados Electorales Especiales (JEE) continúan avanzando en la resolución de las actas observadas, un hito importante del proceso electoral que acerca al país a la culminación del conteo y a la proclamación oficial de los resultados. Las últimas actas pendientes de resolución se concentran en Lima, La Libertad, Arequipa y Madre de Dios, específicamente en los JEE Lima Este 1, Arequipa 1, Trujillo, Tambopata y Coronel Portillo. Según El Comercio de Perú, los JEE Lima Este 1 y Arequipa 1 registraban avances que no superaban el 60 %. En tanto, los JEE de Trujillo y Tambopata habían alcanzado el 70 % y el 80 % de resolución, respectivamente. Por su parte, Coronel Portillo se acercaba al 100 % de actas resueltas.PublicidadMientras tanto, los otros 54 jurados ya habían concluido la resolución del total de actas observadas que les fueron remitidas por las distintas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE). En este proceso electoral, hubo un total de 1.661 actas observadas de un total de 92.766 actas procesadas, lo que representa aproximadamente el 1,79 % del total.“¡El voto no se vende, el voto se defiende!”: Partidarios exigen transparencia en el escrutinio electoral en PerúCabe señalar que un acta observada es aquella que no puede ser contabilizada de inmediato en el sistema de cómputo debido a que presenta errores materiales, como equivocaciones numéricas, inconsistencias o errores de transcripción detectados durante el procesamiento de los resultados.PublicidadPublicidadEstas actas no se incorporan al conteo oficial hasta que la observación es resuelta por la autoridad electoral correspondiente. Una vez superada la observación, los votos consignados en el acta pueden ser incluidos en los resultados del proceso electoral. Las ODPE son las responsables de remitir las actas observadas al JEE respectivo, acompañadas de un reporte, además del acta que le corresponde al JEE.Con ello, el JEE deberá emitir un pronunciamiento- en primera instancia- comparando el acta observada por la ODPE y la que le corresponda.Lo resuelto por el JEE puede ser apelado al Pleno del JNE en el plazo de 3 días a partir del día siguiente de su publicación. El JNE revisará en audiencia pública el acta observada y, luego, se pronunciará en última y definitiva instancia, dentro de tres días desde el día siguiente de recibido el expediente.Finalmente, al ser resuelta el acta, esta es retornada a la ODPE para ser ingresada al cómputo de resultados.En tanto, el recuento de votos es el proceso en el cual los JEE vuelven a contar los votos físicos usando las cédulas guardadas en los sobres lacrados remitidos por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.PublicidadSegún el JNE, se realiza para evitar que errores en las actas terminen anulando injustamente la misma o la votación de un partido o candidato.El último lunes, Grecia Rentería, vocera del JNE, señaló que - hasta ese día- 175 de las más de 1.600 actas observadas habían pasado al recuento de votos.Precisó que esta figura solo se aplica a las actas observadas remitidas por las ODPE.Rentería remarcó que el JNE tiene como plazo máximo mediados de julio para proclamar los resultados oficiales. (I)
¿Dónde se concentran las últimas actas por resolver y qué faltaría para que se proclamen los resultados en Perú?
En este proceso electoral, hubo un total de 1.661 actas observadas.
Perú resuelve 1.661 actas observadas del proceso electoral; cinco jurados electorales completarán 60%-100% antes de mediados de julio para la proclamación oficial. El proceso de verificación de inconsistencias garantiza integridad en sistemas de conteo electoral.







