Los docentes no están obligados a cumplir disposiciones que infrinjan la norma suprema del país13 de junio, 2026 - 08h30El reciente acuerdo ministerial MINEDEC-2026-00045-A ha generado un conflicto considerable. Este documento busca imponer a los docentes la obligación de trabajar los sábados en actividades complementarias, como refuerzo académico, eventos culturales, artísticos y deportivos, proyectos de innovación, participación comunitaria y estrategias socioemocionales. Esta medida, programada para el régimen Costa-Galápagos y Sierra-Amazonía 2026-2027, contraviene directamente el artículo 117 del Reglamento General a la LOEI. Dicho artículo especifica, sin ambigüedad, que las jornadas laborales de los docentes (matutina, vespertina y nocturna) se desarrollan exclusivamente de lunes a viernes. La resolución de este conflicto es clara, amparada en la jerarquía normativa establecida por nuestra Constitución. El artículo 425 de la Constitución del Ecuador dictamina que un reglamento posee mayor peso legal que un acuerdo ministerial. Por ende, un ministro no puede, a través de un acuerdo, invalidar lo dispuesto por un reglamento de rango superior. Esta directriz de trabajar los sábados, al no alinearse con normativas de mayor jerarquía, carece de validez jurídica. PublicidadMás allá del acuerdo, la Constitución garantiza el derecho al descanso y al ocio. Además, los derechos laborales son irrenunciables, tal como lo establece el artículo 326; no pueden ser suprimidos ni negociados. Forzar un sexto día laboral sin un respaldo legal sólido constituye un atropello a la dignidad y a la seguridad jurídica de los docentes. Frente a esto, la acción de protección representa la vía legal idónea. Los docentes no están obligados a cumplir disposiciones que infrinjan la norma suprema del país. (O)Roberto Camana-Fiallos, escritor y docente investigador, AmbatoPublicidad¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?
¿Sábados laborables para docentes?
Los docentes no están obligados a cumplir disposiciones que infrinjan la norma suprema del país
Ecuador: ministerio ordena sábados laborales para docentes, pero viola artículo 117 del Reglamento que limita trabajo de lunes a viernes. Reglamentos superan acuerdos ministeriales, por lo que carece de validez jurídica y viola derechos laborales.












