La flexibilización del acceso a créditos en dólares para empresas no exportadoras quedó formalizada este jueves 11 de junio a través de la Comunicación A 8446 del Banco Central, una medida que modifica las condiciones de financiamiento en moneda extranjera para el sector privado y amplía el universo de compañías que podrán acceder a estos préstamos.

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El cambio fue dispuesto por la autoridad monetaria y apunta a incorporar nuevos sujetos al esquema de crédito en dólares mediante la utilización de garantías otorgadas por exportadores, en una decisión que impacta sobre el financiamiento empresarial y las condiciones de acceso al crédito.

Hasta ahora, la normativa permitía que la capacidad de préstamo de los depósitos en moneda extranjera se destinara principalmente a exportadores o actividades vinculadas al comercio exterior, siempre bajo la condición de que los tomadores contaran con ingresos futuros en dólares para respaldar el repago de la deuda.

La nueva disposición incorpora una modificación al punto 2.1.2 del texto ordenado sobre Política de Crédito. Allí se establece que también podrán acceder a estas financiaciones los clientes que cuenten con garantías en moneda extranjera otorgadas por exportadores habilitados y que estos garantes se constituyan como principales pagadores, con renuncia a los beneficios de excusión y división.