En agosto del año pasado ocurrió uno de los hitos más relevantes en el marco de la implementación de la reforma de pensiones, pues empezó a regir el aumento de la cotización adicional con cargo al empleador que definió el proyecto, de manera gradual, en un plazo de nueve años. Hasta antes de eso, los trabajadores cotizaban un 10% para sus pensiones. Pero con la reforma de pensiones que se aprobó en el Congreso en enero de 2025, se definió que el empleador aportará un 7% adicional. También hay que considerar en esta ecuación lo que cotizan actualmente los empleadores por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que es adicional al 7%, y que ahora se trasladará al Seguro Social, con una cotización equivalente al 1,5%.Así, los empleadores empezaron a cotizar un 1% adicional para todos su trabajadores a partir de las remuneraciones de agosto de 2025, aporte que en general es enterado durante el mes de septiembre. De esa cifra, el 0,1% se empezó a depositar en la cuenta de capitalización individual de los afiliados en cada AFP, y el 0,9% va a pagar la compensación a las mujeres por su mayor expectativa de vida, por lo que es destinando al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), el organismo público y autónomo creado por la reforma previsional y que tiene como objetivo gestionar y financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional.Y en agosto de este año nuevamente aumentará la cotización extra que aportan los empleadores en un 1% de las remuneraciones imponibles, llegando a un total de 2% adicional. Esto se desagrega así: 1% va a la compensación de las mujeres, un 0,9% se destina al préstamo reembolsable del Estado que gestiona el FAPP y 0,1% se destina a capitalización individual. Además, precisamente desde agosto próximo se integrará al FAPP la cotización de 1,5% que corresponde al SIS.La gradualidad de nueve años contempla que los empleadores coticen un 0,75% adicional en agosto de 2027, otro 0,75% desde agosto de 2028 y luego un 0,7% adicional por cada año entre 2029 y 2033.Ahora, el plazo de nueve años para aumentar la cotización ocurrirá si todo marcha de acuerdo a lo previsto, porque la gradualidad podría extenderse a 11 años en el caso de que la evaluación que se hará a fines de 2027 de la Ley de Cumplimiento Tributario dé cuenta de una menor recaudación a la esperada. En principio, el gobierno actual ya ha dicho que hubo una sobreestimación de los ingresos esperados por dicha ley para 2026.Cotizaciones para el Seguro SocialPrecisamente con la cotización extra que harán los empleadores a partir de las remuneraciones de agosto próximo, empezará a operar el que ha sido llamado de manera informal como préstamo reembolsable al Estado, que en realidad son las Cotizaciones con Rentabilidad Protegida (CRP).Si bien ahora se destinará un 0,9% a ese fin, cuando nuevamente suba la cotización extra de cargo al empleador, el próximo año, las CRP totalizarán 1,5%. Ese aporte a futuro, dentro de 30 años, se destinará a las cuentas individuales de cada cotizante, pero antes de eso y de manera transitoria se destinará al llamado Seguro Social.En esa transición la medida funciona como un préstamo, dado que una vez que el afiliado se jubile, el monto que aportó será devuelto íntegramente a su pensión, con reajustes e intereses.Para ello las CRP darán origen a Bonos de Seguridad Previsional (BSP), instrumentos con garantía estatal, en UF e interés equivalente a un bono del Tesoro (que en el caso del BTP a 10 años hoy es cercano a 5,6%), y custodiado por el Depósito Central de Valores (DCV).El FAPP explicó recientemente en un comunicado que “cuando el afiliado alcance su edad legal de jubilación, el monto de los BSP se sumará a su cuenta individual, generándose un Bono Amortizable (BA), instrumento que reflejará la totalidad de las Cotizaciones con Rentabilidad Protegida más los reajustes e intereses y que se pagará en 240 cuotas mensuales”.En simple: cada vez que un trabajador reciba la cotización de su empleador que se destina a las CRP, el FAPP emitirá un BSP a nombre del afiliado, y cada uno de esos bonos es independiente porque tiene su propio interés y reajuste. Cuando la persona se jubile, se sumará el monto total que el afiliado tiene en sus BSP, y con eso se generará un solo BA que se dividirá en 240 cuotas y se entregará en la pensión que reciba la persona de manera mensual.En ese contexto, el FAPP informó que solo por este año dicho mecanismo funcionará algo distinto en términos operativos. En concreto, el Consejo Directivo del FAPP, presidido por Enrique Marshall e integrado por Rosario Celedón, Rodrigo Caputo y Soledad Huerta, “acordó habilitar excepcionalmente que todos los BSP emitidos entre agosto y diciembre de 2026 se paguen directamente, sin proceder a su canje por BA”, dijo el organismo en un comunicado.“Lo anterior, tomando en consideración razones de eficiencia operacional y de una adecuada protección de los intereses de los afiliados y futuros pensionados, ya que el pago directo del BSP durante 2026 (sin convertirlo en BA) resulta más conveniente que el mecanismo de amortización en cuotas antes mencionado previsto en la Ley”, agregó.Esto ocurre solo para las personas que tengan CRP y que se pensionen este año, a quienes no les convertirán los BSP en BA, porque al ser montos tan pequeños, no tendría mucho sentido dividirlos en 240 cuotas, por lo que se entregarán íntegros los montos que sean cotizados.
Reforma previsional: cotización para el préstamo reembolsable al Estado con cargo al empleador parte en agosto - La Tercera
En el octavo mes del año nuevamente aumentará en un 1% la cotización extra que aportan los empleadores. De ello, 0,9% se destinará a las Cotizaciones con Rentabilidad Protegida (CRP) que gestiona el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), el llamado préstamo reembolsable. El FAPP definió una forma de pago transitoria para este año de las CRP.









