La representante del Pacto Histórico, Gloria Arizabaleta, propuso suspender al presidente Petro por presunta participación en política.Foto: Archivo ParticularResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00Luego de la polémica que surgió a partir de la orden de la representante a la Cámara y presidenta de la Comisión de Acusación Gloria Arizabaleta de suspender al presidente Gustavo Petro, por supuesta participación en Política, la Procuraduría suspendió a la congresista.Lo que encontró el Ministerio Público en una investigación preliminar es que la representante habría podido cometer una falta gravísima, porque no tenía las facultades para suspender a un jefe de Estado. Aún así, firmó un auto en el que ordenó la suspensión de Petro del máximo cargo del Estado. Por eso, la Procuraduría la suspendió mientras avanza la investigación disciplinaria en su contra.Según el auto, a través del cual la Procuraduría suspendió a Arizabaleta, la congresista “habría cometido una falta gravísima por cuanto su conducta podría adecuarse con al delito de prevaricato por acción”. Es decir, cuando un funcionario público en el ejercicio de sus funciones y poder emite una decisión u orden que es abiertamente contraria a la ley. Además, dice el documento de la Procuraduría, Arizabaleta no habría sustentado sus razones para ordenar la suspensión provisional del presidente. La polémica ocurrió ayer 10 de junio cuando la congresista aseguró que tenía motivos para suspender a Petro del cargo de presidente de la República por su supuesta participación indebida en Política. Sin embargo, ella misma retiró en cuestión de horas esa orden, y explicó que en realidad el paso correcto para buscar una medida cautelar de ese tipo era someter su propuesta a votación de la Comisión de Acusaciones y no tomar ella misma una decisión de esa envergadura.Además, varios juristas le explicaron a este diario que la única instancia que podría suspender al presidente es el Senado, luego de una rigurosa investigación que realiza la Comisión de Acusaciones, que aprueba la Cámara de Representantes y luego el Senado en pleno.En medio de la polémica también fue presentada una denuncia ante la Corte Suprema de Justicia contra la congresista del Pacto Histórico por presunto prevaricato. El denunciante es el exministro de Vivienda Luis Felipe Henao, quien alegó ante la Sala de Instrucción del alto tribunal que “la propia providencia reconoce de manera expresa que la Constitución establece un procedimiento especial para el juzgamiento del Presidente de la República, que involucra a la Cámara de Representantes y al Senado”. Asimismo, agregó que Arizabaleta “decidió apartarse de esa regla constitucional expresa y aplicar de forma directa la legislación disciplinaria, decretando por sí sola la suspensión del jefe de Estado”. Dijo además que la congresista sabía que sus acciones, supuestamente, iban en contra de la ley: “Quien reconoce expresamente la regla y, no obstante, resuelve apartarse de ella, actúa con pleno conocimiento de que su decisión desborda el ordenamiento”, dice el documento.A pesar de lo ocurrido, el presidente Petro no está suspendido de su cargo. La razón en que esta es la primera vez que una congresista de la Comisión toma una decisión de este tipo y en Colombia no existe ninguna norma o artículo de la Constitución que le permita a la Comisión de Acusaciones suspender a un presidente. Para que eso se materialice, debe recorrer un largo camino entre la Cámara de Representantes y el Senado, que es el único que puede ordenar la medida contra el jefe de Estado.Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.Conoce másTemas recomendados: