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El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia de Lima Norte declaró improcedente el pedido de la Fiscalía para iniciar un proceso inmediato contra Tomás Alegre Díaz, Joseph Aguilar Peñaloza y Martín Alarcón de la Cruz, al determinar que el caso no cumplía con los requisitos de una flagrancia evidente. Los tres ciudadanos eran investigados por el presunto delito de atentado contra el derecho de sufragio luego de encontrarse 37 cédulas rayadas bajo su custodia.

"El despacho considera que se deben cumplir dos supuestos de manera copulativa: la imputación concreta y la flagrancia evidente. No solo basta declararlo de manera genérica. [La Fiscalía] lo ha englobado en una sola conducta, pero no nos ha determinado quién lo hizo. (...) Se necesita que sea un caso evidente y el Ministerio Público no ha logrado justificar eso para que se lleve el caso por una vía inmediata".

Tras el fallo, la magistrada ordenó la libertad de los tres implicados, quienes dejaron de estar bajo arresto debido a que no registran otras órdenes de captura. Sin embargo, se les notificó que el caso no se ha cerrado: la Fiscalía continuará investigándolos, pero bajo el trámite de un proceso común.