Un revés judicial de fuerte impacto corporativo y económico sacudió las estructuras del sector forense provincial. El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Corrientes, bajo la conducción de la magistrada Graciela Liliana Lisceiko, hizo lugar de forma categórica a una medida autosatisfactiva promovida por el Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial.

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El fallo ordena de manera perentoria al Instituto de Obra Social para Abogados y Procuradores (IOSAP) dejar sin efecto el incremento arancelario aplicado en mayo de 2026 y retrotraer el monto del aporte obligatorio al valor inmediato anterior.

El núcleo del litigio se originó a partir de una resolución interna del IOSAP que disponía elevar la alícuota del aporte de $12.000 a $15.000 con vigencia a partir del pasado 1 de mayo de 2026.

Frente a esta modificación, las autoridades del Colegio de Abogados decidieron judicializar el nuevo cuadro tarifario al calificar la medida de la obra social como una disposición "irrazonable, excesiva y lesiva" para las condiciones materiales del ejercicio profesional de los matriculados, impactando de forma indirecta en las garantías de acceso a la justicia de la ciudadanía.