Investigación Exclusivo suscriptores El funcionario alegó que le vulneraron derechos fundamentales porque el Tribunal avaló las medidas dentro de un proceso de extinción de dominio.El ministro del Interior, Armando Benedetti y el apartamento sujeto a las medidas cautelares. Foto: Redes sociales y archivo particular05.06.2026 14:08 Actualizado: 05.06.2026 14:08

La sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia acaba de negar una tutela interpuesta por el ministro del Interior, Armando Benedetti. LEA TAMBIÉN El caso está ligado con una decisión que tomó la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá en contra de varios bienes de Benedetti por el proceso que se le sigue por presunto enriquecimiento ilícito. LEA TAMBIÉN El apartamento en RosalesEn este conjunto residencial está ubicado el lujoso apartamento. Foto:Google MapsEn la tutela, Benedetti alegó que que se vulneraron sus derechos fundamentales después de que el Tribunal avaló medidas cautelares a un apartamento en la Transversal tercera con calle 85 en el norte de Bogotá, en el exclusivo sector de Rosales.La medida cautelar se tomó en 2021 por la Fiscalía 13 Especializada de la Dirección de Derecho de Dominio con el fin de evitar que el inmueble fuera negociado o transferido a otras personas para ocultar su presunto origen ilícito.Además, se afectaron los derechos patrimoniales derivados de un contrato de leasing habitacional por 43 millones de pesos, que corresponden a la cuota inicial de la compra de un inmueble donde se encuentra la oficina de Benedetti. LEA TAMBIÉN Y aunque desde septiembre de 2022 EL TIEMPO reveló el Juzgado Segundo Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá declaró ilegal el embargo del apartamento en Rosales y del leasing habitacional por un control de legalidad interpuesto por la defensa de Benedetti, en cabeza de Billy Torres, en enero pasado el Tribunal Superior de Bogotá revocó parte de ese auto, por lo que los bienes del ministro volvían a ser afectados y este entuteló.Domicilio familiarLa decisión de la Corte sobre la tutela interpuesta por el ministro Armando Benedetti. Foto:Archivo particularEn la impugnación, el ministro alegaba que, en su caso, los informes contables únicamente evidenciaron un patrimonio por justificar y no injustificado.Además, que un dictamen previo concluyó la existencia de razonabilidad en sus incrementos patrimoniales, recursos y movimientos bancarios.También argumentó que el inmueble es un domicilio familiar: "Alegó la indebida valoración del yerro de vulneración directa de la Constitución por no ponderarse que el inmueble constituye el domicilio familiar en el que hay menores de edad, circunstancia que, según el impugnante, obligaba a valorar con especial rigor la proporcionalidad del embargo y secuestro". LEA TAMBIÉN Y agrega: "Pidió revocar el fallo impugnado y en su lugar, proteger sus prerrogativas, ordenando emitir una nueva decisión que justifique la necesidad de las medidas, precise su alcance, valore adecuadamente el estándar probatorio y considere los derechos del núcleo familiar".Los argumentos de la CorteEl ministro del Interior Armando Benedetti Foto:Redes sociales y archivo particularLa corte negó la tutela, argumentando que lo resuelto por la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá no fue arbitrario o caprichoso: "Por el contrario, se valió de una suficiente motivación en la que se aplicó tanto la normativa como la jurisprudencia pertinente".Y agrega: "La autoridad querellada echó mano de las medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, así como de embargo y secuestro de un inmueble y de los derechos derivados de un contrato leasing habitacional, cuyo control de legalidad judicial se activó oportunamente y fue resuelto bajo un estándar en grado de probabilidad y no de certeza, habida cuenta del estado actual del proceso". LEA TAMBIÉN Además, la Corte aseguró que la inconformidad del ministro Benedetti no era suficiente para reabrir una discusión ya definida por el juez natural: "Pues esta Sala ha precisado que no basta con que la decisión sea discutible o poco convincente, sino que esté afectada por errores protuberantes, manifiestos y carentes de todo sustento objetivo, circunstancias que acá lejos están de configurarse".Y mencionan que se evidenciaba una intención del ministro de imponer su apreciación personal e interpretación del ordenamiento jurídico frente al criterio del juez de conocimiento.UNIDAD INVESTIGATIVAu.investigativa@eltiempo.com@UinvestigativaETSíganos ahora en Facebook Sigue toda la información de Unidad Investigativa en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.