Por Marisol Peña4 JUNIO 2026En estos días se ha dado a conocer una sentencia de la Corte Suprema que sanciona a una abogada por haber incluido, en un escrito judicial, citas de autores que no eran auténticas.En una resolución breve, pero contundente, la Corte Suprema apela al principio de la buena fe, que es fundamental en nuestro ordenamiento jurídico, para concluir que la actuación de esa abogada demuestra falta de profesionalidad y es contraria a la rectitud y corrección elemental que deben observar los profesionales del derecho en su desempeño ante los tribunales de justicia.Conviene recordar que, conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales, los abogados son personas revestidas por la autoridad competente de la facultad de defender ante los tribunales de justicia los derechos de las partes litigantes. Es decir, a los abogados se les confía el amparo de facultades intrínsecamente ligadas a la naturaleza humana y que resultan indispensables para desplegar una vida digna. He aquí la esencia de la responsabilidad del abogado y de los imperativos éticos que deben rodear el ejercicio de su profesión.Al acudir a un abogado se efectúa un depósito de confianza no sólo en sus conocimientos, sino que, también, en su capacidad de convencer a un tribunal con la fuerza de los argumentos, sin recurrir a engaños, tergiversaciones o descalificaciones personales. La bandera que esgrime el abogado es, entonces, la justicia de la propia causa.Desde la perspectiva de los conocimientos, el ejercicio de la profesión de abogado supone poner a prueba la calidad de la formación recibida en las universidades, la que puede ser complementada por la inteligencia artificial, pero utilizada en forma ética, prudente y responsable. Así lo explicitó la Presidenta de la Corte Suprema en su discurso de inauguración del presente año judicial.El Papa León XIV, sostiene, en su reciente Encíclica Magnifica Humanitas, que la inteligencia artificial y las demás tecnologías emergentes ya son parte de nuestra vida cotidiana, aunque no debemos cometer el error de equiparar esta inteligencia a la propiamente humana. Sólo esta última es capaz de hacer que el abogado discrimine entre el universo de datos los que auténticamente refuercen su argumento al tiempo que atiendan las circunstancias específicas del caso concreto provocando una convicción en el juez que va más allá de la mera aplicación mecánica de la norma jurídica. Si el abogado falsea argumentos o traslada, sin discriminar, la información proporcionada por la inteligencia artificial induce al juez a un error en el juzgamiento que conspira contra el logro de la verdadera justicia y traiciona el depósito de confianza que se le ha efectuado por su representado.De allí que este fallo disciplinario de la Corte Suprema constituye un hito que merece ser destacado para reforzar la formación ética de los futuros abogados, así como la necesidad de un entrenamiento adecuado en el uso de las herramientas que provee la inteligencia artificial.Por Marisol Peña, Centro de Justicia Constitucional UDDNEWSLETTEROpiniónSábado, AMIdeas en tensión, miradas contrapuestas y un análisis claro: elementos para develar los temas que dividen opiniones y marcarán la agenda.Al suscribirte estás aceptando los Términos y Condiciones y las Políticas de Privacidad de La Tercera.