Investigación Exclusivo suscriptores La juez Aurora Forero admitió acción interpuesta por Wilmar Bocanegra en contra del candidato de Defensores de la Patria.Abelardo de la Espriella en su discurso tras la victoria de la primera vuelta. Foto: AFP04.06.2026 10:21 Actualizado: 04.06.2026 10:22
EL TIEMPO conoció en primicia una medida provisional que acaba de proferir el juzgado 120 penal municipal con función de conocimiento sobre el uso de la camiseta de la Selección Colombia por parte de la campaña de Abelardo De La Espriella. LEA TAMBIÉN Según el documento, no solo se admite la acción de tutela interpuesta por William Bocanegra sino que alega que se debe garantizar el derecho a la igualdad, no discriminación y a elegir y ser elegido. Además, se concede la medida provisional solicitada en la que se pide ordenar a De La Espriella que se abstenga de manera inmediata de utilizar o exhibir en su campaña y publicidad, en redes y medios la camiseta oficial de la Selección Colombia. LEA TAMBIÉN Los argumentosMedida provisional por uso de la camiseta de la Selección Colombia en la campaña de De La Espriella. Foto:Archivo particularEL TIEMPO conoció en primicia la decisión que le será notificada en las próximas horas a la campaña, en la que se asegura que entre los argumentos de la juez para ordenarle al candidato Abelardo De La Espriella y a su partido Defensores de la Patria abstenerse de utilizar o exhibir la camiseta oficial de la Selección Colombia de fútbol está que utilizarla como símbolo de su campaña cercena el derecho a la igualdad de ser usada frente al otro candidato presidencial, a sus posibles electores, dentro de los cuales se encuentra el accionante, toda vez que el uso indebido de dicha camiseta se está parcializando hacia la candidatura del accionado y su partido político. LEA TAMBIÉN "Esta sede constitucional debe precisar que en estos momentos de coyuntura electoral los dos candidatos que han pasado para la segunda vuelta para que defina próximamente su elección como Presidente de la República para el periodo 2026 al 2030, es importante resguardar unos mínimos derechos que le asiste a todo el conglomerado social que hace parte de esta nación, que se ha erigido como un Estado Social, Democrático, participativo, pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general, conforme lo señala el artículo 1º de la Constitución Política", se lee en la decisión conocida por EL TIEMPO.Abelardo de la Espriella en su discurso tras la victoria de la primera vuelta. Foto:AFPAdemás, asegura que el uso de la camiseta o cualquier otro distintivo de la misma debe ser usada en escenarios propios, como lo son las contiendas deportivas: "Donde claramente su mensaje debe ir dirigido a una práctica deportiva más no política".Y agrega: "Lógicamente al ser utilizada por el candidato presidencia aquí accionado señor Abelardo Gabriel de la Espriella Otero y demás miembros de su partido político Defensores de la Patria, lógicamente impregnan a dicha camiseta o distintivo alguno de la Selección de Colombia de fútbol, en un símbolo diferente para el cual fue creada y diseñada, parcializada hacia dicha candidatura, cuando lo ideal es que básicamente en la contienda electoral que en estos momentos se está llevando a cabo en todo el país, es que se resguarde la neutralidad de los campañas políticas de cara al uso de uno u otro símbolo nacional".Además, se ordenó vincular al Consejo Nacional Electoral (CNE), al Partido Defensores de La Patria y a la Federación Colombiana de Fútbol para que informan qué injerencia tienen en los hechos y las pretensiones de la demanda de la tutela.En todo caso, la decisión no menciona nada sobre el uso de la camiseta por parte de los seguidores de De La Espriella.UNIDAD INVESTIGATIVAu.investigativa@eltiempo.com@UinvestigativaETSíganos ahora en Facebook Sigue toda la información de Unidad Investigativa en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.










