Inscripción de candidatos ante la Registraduría.Foto: Registraduria Resume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00La Corte Constitucional frenó dos disposiciones de la Ley de Encuestas, que imponían restricciones a los de estudios de opinión y encuestas electorales en Colombia y exigían a las firmas encuestadoras entregar información técnica de sus muestras. Según el Gobierno, la medida buscaba fortalecer la transparencia y la calidad técnica de las encuestas mediante mayores exigencias sobre la selección de muestras, los márgenes de error y la información metodológica reportada en las fichas técnicas.La decisión se dio tras resolver una demanda que sostenía que ambas medidas vulneraban derechos fundamentales como la libertad de expresión, el acceso a la información, el habeas data y la intimidad.El alto tribunal eliminó, en primer lugar, el apartado del artículo 5 que establecía que las encuestas sobre intención de voto solo podían realizarse durante los tres meses previos al inicio de las inscripciones de candidatos. También tumbó una disposición del artículo 12 que obligaba a las encuestadoras que realizan mediciones en hogares a entregar al Consejo Nacional Electoral (CNE) el código computacional utilizado para seleccionar las unidades muestrales y los números telefónicos de los encuestados.Noticia en desarrollo...Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.Conoce másTemas recomendados:
Corte Constitucional tumba dos restricciones de la Ley de Encuestas aprobada por el Congreso
La decisión se dio tras resolver una demanda que sostenía que ambas medidas vulneraban derechos fundamentales.












