Con un fallo de primera instancia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el partido Unidad Popular (UP), lista 2, logra mantener su personería jurídica y participar en las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026. La decisión aún es susceptible de apelación para resolución del pleno de jueces electorales. La jueza del Tribunal Contencioso Electoral, Ivonne Coloma dejó sin efecto dos resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) que disponían la extinción del partido político Unidad Popular, presidido por Geovannni Atarihuana. En una sentencia emitida pasado el mediodía de este 3 de junio de 2026, la jueza Coloma declaró la nulidad de dos resoluciones del pleno del Consejo, tras aceptar un recurso subjetivo contencioso interpuesto por Atarihuana. PublicidadEl caso se originó luego de que el CNE inició el procedimiento de cancelación de la organización política porque no contaría con el número de afiliados que exige la Constitución y el Código de la Democracia para mantener su registro en el listado nacional de 235 partidos y movimientos. Coloma ordenó al CNE que realice “un examen técnico y jurídico que corresponda sobre el cumplimiento de los requisitos legales aplicables al Partido Unidad Popular, Lista 2, en el Registro Nacional Permanente de Organizaciones Políticas, con observancia del debido proceso, el derecho a la defensa, la contradicción efectiva, el acceso a la información relevante, la motivación suficiente y la documentación que aporte la organización política”. La decisión judicial se dictó tres días después del plazo para inscribir organizaciones políticas que contempló el CNE en el marco de la preparación de los comicios seccionales del 29 de noviembre próximo. PublicidadPublicidadDicho plazo culminó el 31 de mayo, pero la jueza concedió una extensión a Unidad Popular para que presente documentación relacionada con el caso y garantizar su derecho a la defensa. A esta decisión, el CNE puede interponer un recurso de apelación para que lo resuelva el pleno de jueces electorales, que será de última y definitiva instancia. (I)