El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) División Motovehículos sellaron la estructura de ingresos para los trabajadores de la actividad. Las partes refrendaron el entendimiento técnico en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Número 765/19. El documento, suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijó los parámetros salariales que rigen para las remuneraciones devengadas.
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La diagramación de las planillas salariales estableció valores fijos que corren de manera progresiva, abarcando los meses de abril, mayo y junio del corriente año. El esquema prevé de manera obligatoria la incorporación de nuevos básicos que reemplazan las grillas anteriores vigentes hasta el cierre del primer trimestre. La presentación del texto ante la autoridad laboral de la Secretaría de Trabajo de la Nación ratificó la plena vigencia de las condiciones acordadas por los representantes de ambos sectores.
Las cláusulas del acta acuerdo establecieron también el compromiso de presentar la documentación ante el Ministerio de Capital Humano para su homologación, estipulando su cumplimiento obligatorio e inmediato. El documento técnico sirve como base regulatoria exclusiva para calcular el ingreso consolidado que los empleados del rubro verán depositado en sus respectivas cuentas de cobro, pautando una nueva reunión de revisión a partir del primero de julio.













