El Tribunal Supremo aclara cómo repartir la responsabilidad en accidentes donde la culpa es compartida por las partes involucradas
En Derecho, quien genera un daño a otro está obligado a pagar en concepto de reparación. Pero hay escenarios donde cuantificar este daño es un laberinto legal. Es común que las culpas sean compartidas en muchas colisiones de carretera y esto complica la tarea. En la tarde del 12 de marzo de 2016, una mujer de 60 años falleció tras caer de su moto, consecuencia del choque con un turismo que la adelantó sin guardar la distancia de seguridad. La circunstancia que enmaraña el debate jurídico es que la víctima no llevaba casco; la causa de la muerte fue golpe en la cabeza.
¿Quién debe pagar y cuánto? El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia emitida a finales de abril, ha aclarado cómo actuar en este escenario de culpa compartida, que es un foco frecuente de farragosas discusiones legales. Su solución es que la responsabilidad se reparte a partes iguales, pues ambas partes fueron negligentes. Y la cuantía de la indemnización debe ser recalculada teniendo en cuenta este factor.
En el reciente fallo –que puede consultar aquí–, la solución del Alto Tribunal, en línea con los tribunales que revisaron el caso antes, es que existe concurrencia de culpas, en concreto, del 50%.











