El caso comenzó tras la pérdida de un celular en TransMilenio y terminó con un fallo de la Corte Suprema.Foto: Alcaldía de BogotáResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00Una decisión de la Corte Suprema de Justicia hizo mella en el debate que discute la delgada línea que se traza entre una conducta reprochable y un delito penal. El alto tribunal absolvió a una mujer que había sido condenada por tentativa de extorsión tras exigir COP 200.000 a cambio de devolver un celular que encontró en una estación de Transmilenio.La decisión revocó las condenas que pesaban sobre Wendy Camila Flórez Rodríguez, quien había sido sentenciada en primera y segunda instancia por solicitar dinero para entregar un teléfono móvil extraviado por su propietaria.Para la Sala de Casación Penal, aunque la conducta resultó cuestionable y contraria al principio de solidaridad, no cumplió con los elementos necesarios para configurar el delito de extorsión.El celular se perdió en TransmilenioLos hechos ocurrieron el 29 de agosto de 2018, cuando una mujer perdió su celular Samsung S7 Edge mientras se movilizaba en un articulado de Transmilenio con destino al Portal 80.Tras intentar localizar el dispositivo sin éxito, decidió bloquear la tarjeta SIM y el equipo. Sin embargo, al día siguiente recibió una llamada de una mujer que aseguró haber encontrado el celular y le manifestó que podía devolvérselo a cambio de COP 200.000.Las dos acordaron encontrarse en un centro comercial de Bogotá para realizar la entrega. No obstante, la propietaria del teléfono decidió informar previamente a la Policía.Cuando se produjo el encuentro, las autoridades capturaron a dos personas que posteriormente fueron procesadas y condenadas por tentativa de extorsión.Lea más: Denuncian presunto caso de maltrato animal contra una perrita en Bosa, esto se sabeLa razón por la que la Corte revocó la condenaTras estudiar el caso, la Corte Suprema concluyó que la exigencia de dinero, por sí sola, no constituía una amenaza extorsiva.Según explicó el tribunal, durante el proceso no se acreditó que la mujer hubiera utilizado intimidaciones, amenazas o presiones encaminadas a doblegar la voluntad de la propietaria del celular.“Es más, que en este caso la reconocida como víctima decidiera comunicarse con la Policía Nacional tampoco prueba la ocurrencia de la extorsión”, señaló la Corte en su decisión.El fallo agregó que la petición económica no estuvo acompañada de advertencias sobre posibles consecuencias negativas ni de actos destinados a generar temor o restringir la libertad de decisión de la afectada.Para los magistrados, tampoco existió evidencia de que la acusada hubiera amenazado con destruir, vender o apropiarse definitivamente del dispositivo si no recibía el dinero solicitado.La Corte fue enfática en aclarar que condicionar la devolución de un objeto perdido al pago de una suma de dinero no es una actuación aceptable.Sin embargo, precisó que el derecho penal solo puede intervenir cuando se cumplen estrictamente los elementos que la ley exige para configurar un delito. En este caso particular, concluyó que no se creó un entorno de intimidación o coacción suficiente para considerar que existió extorsión.Por esa razón, la Sala de Casación Penal absolvió a la mujer y dejó sin efectos la condena que había sido impuesta por los jueces de instancia.La decisión se convierte en un precedente sobre los alcances del delito de extorsión y la necesidad de demostrar que existió una amenaza real o una presión capaz de afectar la libertad de decisión de la víctima.Lea más: Despedida de la Selección en El Campín: mil policías, drones y cierres viales en la zonaPara conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.Por Redacción BogotáTodas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.Conoce másTemas recomendados:
Corte absolvió a mujer que pidió dinero por devolver celular hallado en Transmilenio
La Corte concluyó que no hubo amenazas ni presiones suficientes para configurar el delito de extorsión.
Corte Suprema absolvió a mujer condenada por exigir COP 200.000 para devolver celular encontrado en Transmilenio; determinó que sin amenazas no configura extorsión. Decisión sienta precedente sobre límites penales, requiriendo coacción real e intimidación para constituir delito.













