Toledo (EFE).- La orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible que regula las medidas preventivas, el uso del fuego y actividades con riesgo de incendio forestal en el medio rural, terrenos forestales y su zona de influencia autoriza la realización de determinadas actividades agrícolas cuando el riesgo de incendios sea muy alto o extremo, si bien se deberán cumplir una serie de requisitos.
La orden, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) consultado por EFE, contiene las prohibiciones, limitaciones, excepciones, autorizaciones, declaraciones responsables y condiciones de ejercicio aplicables al uso del fuego y a las actividades susceptibles de generar riesgo de incendio forestal en el medio natural, en los terrenos forestales y en la zona de influencia forestal de 400 metros, de acuerdo con el marco normativo estatal y autonómico en materia de montes, residuos, conservación de la naturaleza y protección frente a incendios forestales.
La orden especifica que, con carácter general y sin perjuicio de un «estado permanente de precaución y vigilancia», se considera época de peligro extremo de incendios forestales del 1 de julio al 31 de agosto, mientras que será época de peligro alto del 1 al 30 de junio y del 1 al 30 de septiembre.











