La Mesa del Congreso ha acordado la expulsión del activista Vito Quiles durante tres meses por dos infracciones graves al grabar "ilícitamente" en la Cámara Baja al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y luego subirlo a las redes sociales, así como por una reiteración de denuncias que todavía se están investigando. "La Mesa, de acuerdo con el informe del Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, considera que las conductas objeto de denuncia causan un grave daño a la institución, pues atentan contra el decoro de la Cámara, perjudican el normal desenvolvimiento de las actividades organizadas en el Congreso y perjudican gravemente el trabajo de los demás periodistas acreditados, que únicamente desean poder llevar a cabo su labor con libertad y normalidad", señalan fuentes parlamentarias. Quiles ya se encontraba suspendido cautelarmente desde hace dos semanas por estos hechos, como también lo está Bertrand Ndongo, para el que que la Mesa también ha propuesto una expulsión de tres meses. No obstante, le ha otorgado un plazo de 15 días de alegaciones para convertir la retirada de su acreditación en definitiva, con una sanción que todavía está por confirmarse. Su caso difiere del de Quiles en que el letrado del Congreso aprecia dos atenuantes: Ndongo boicoteó la rueda de prensa de la portavoz de Sumar, Verónica Martínez Barbero, pero el incidente, matiza, duró poco y la conferencia pudo continuar con normalidad. En cualquier caso, la Mesa rechaza de plano que este extremo pueda constituir un atenuante y considera que debe aplicarse la sanción de gravedad. Fuentes parlamentarias apuntan a que el agitador también acabará siendo expulsado en los mismos términos que Vito Quiles. La suspensión preventiva del acceso de ambos al Congreso se amparaba en el artículo 56.2 de la ley de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. En dicho punto de la normativa se recoge que "el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento administrativo [...], en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar de forma motivada las medidas provisionales que resulten necesarios y proporcionadas". Ateniéndose a este artículo, la Mesa consideraba fundamental "proteger los intereses tanto de los representantes de los medios de comunicación como de los propios diputados y, especialmente, de las diputadas" mientras se decide definitivamente la sanción por cada uno de los expedientes abiertos a ambos agitadores.