El exministro de Energía y Minas, Antonio Gonçalves Savinovich, el exviceministro del ramo, Fabián Calero, otros 17 servidores de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec-EP) y dos representantes de la empresa Progen Industries LLS., se enfrentan a una medida de prisión preventiva, imputados como autores del delito de peculado en el llamado caso Progen o Apagón, como lo bautizó la Fiscalía General del Estado. Los procesados cumplirán la medida en la cárcel de Pichincha 2, o más conocida como cárcel 4.En la Corte Nacional de Justicia (CNJ) en Quito, este 22 de mayo de 2026, se reinstaló la audiencia de formulación de cargos en la que el conjuez Vinicio Rodríguez Mongón se pronunció sobre las medidas cautelares personales que solicitó el titular de la Fiscalía General, Carlos Alarcón, en contra de los 21 inculpados por el delito de peculado. PublicidadEn su análisis que se extendió por casi seis horas, Rodríguez concluyó que las medidas no privativas de libertad no son suficientes para garantizar la participación de los procesados en el proceso penal, por lo que dictó medidas de prisión preventiva. La Fiscalía “ha justificado y existen elementos de convicción que permiten presumir la participación de Gonçalves en el delito de peculado. Este juzgador considera que la medida resulta idónea, ya que se han presentado elementos que permiten sustentar su posible participación”. Agregó que esta medida tiene como finalidad garantizar su presencia en el proceso y, “al tratarse de una persona que ocupó un alto cargo, el riesgo de fuga es posible y se suma la gravedad de la conducta investigada”, precisó respecto de Gonçalves.PublicidadPublicidadEn este caso, la Fiscalía investiga actos de corrupción relacionados con el delito de peculado en la compra emergente de equipos de generación eléctrica en Quevedo y en El Salitral que hizo el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec-EP) en el 2024 para enfrentar los cortes de luz de hasta catorce horas. Los equipos se adquirieron a la empresa Progen Industries LLS., radicada en los Estados Unidos que, hasta la actualidad, no funcionan. Esto provocó un perjuicio al Estado por los $104′370.000 millones. PublicidadEn este proceso los procesados en calidad de autores del delito de peculado están las dos exautoridades y funcionarios de Celec EP:Antonio Gonçalves Savinovich, exministro de Energía y Minas del gobierno de Daniel NoboaFabián Calero, exviceministro de Energía y Minas y exgerente general de Celec-EPMarvin R. Z. Daniel S. Q. Julio M.Nelson S. Ch.Nelson C. R. Luis F. A. Byron O. M.Gabriela T. C. Juan Carlos C. S. Carlos V. M. Olger J. S. Marco P. J. Marco Ch. S. Romel Ll. Ll. Javier L. N. César T. Z. Gonzalo G. L. Como coautores de peculado están: Andrew Williamson Scott, propietario de Progen en Estados Unidos; y,Karla Saud Calero, representante de Progen en EcuadorEl magistrado acogió el pedido de Fiscalía de dictar prisión preventiva para los sospechosos Julio M. E., Daniel S. Q., Marvin R. Z.; así también, para Celso S. Ch., y Nelson C. R.En contra de Luis F. A., Gabriela T. C., Juan Carlos C. S., Juan Carlos V. M., Olger J. S.; Marco P. J., Marco Ch. S., Romel Ll. Ll.; Javier L. N., y Gonzalo G. L., también se dictó prisión preventiva. PublicidadAl procesado Byron O. M., se le dictó medida de prisión domiciliaria y el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica, debido a que padece de cáncer. El procesado César T. Z., tiene una medida alternativa de presentación periódica cada miércoles.Para Karla Saud Calero y Andrew Williamson Scott, representantes de Progen y acusados como coautores, rige una orden de prisión preventiva, pero al encontrarse fuera del país, Rodríguez ofició a la Interpol una notificación roja para se los localice y capture. Entre otras medidas, se ordenó pagar una multa por $27.600 para cada uno de los sospechosos, prohibición de enajenar bienes; y, para recuperar el perjuicio económico estimado en $104′370.000, cada uno tendrá que cubrir $4′970.000. A estos funcionarios se los acusa de incurrir en el delito tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que se refiere a peculado y se atribuye a las personas que “actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, en beneficio propio o de terceros; abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo”. La sanción alcanza una pena privativa de libertad de diez a trece años. (I)