ExplicativoPara acceder a este beneficio, solo debe contar con una fórmula vigente. Foto: iStock19.05.2026 13:33 Actualizado: 19.05.2026 13:33
En Colombia, son muchas las personas que necesitan gafas para realizar actividades específicas o de forma permanente, ya que en su mayoría requieren corregir problemas de visión como miopía, astigmatismo o hipermetropía. LEA TAMBIÉN Por eso, muchas Eps cuentan con mecanismos para acceder a lentes formulados o ayudas ópticas por medio del sistema de salud, siempre y cuando la persona cuente con una orden médica que justifique su necesidad.La gestión de este servicio se canaliza mediante el Plan de Beneficios en Salud (PBS), el cual es el encargado de regular el acceso a gafas y otros apoyos visuales. Algo que se debe tener en cuenta es que esto no representa un subsidio en efectivo, sino que requiere una autorización médica sustentada, como ya se explicó anteriormente.En el país, las personas afiliadas a la Eps, sin importar si pertenecen al régimen contributivo o subsidiado, pueden solicitar el cubrimiento de estas ayudas si un optómetra u oftalmólogo determina que son necesarias para el tratamiento.Las personas afiliadas a la EPS, sin importar el régimen, pueden solicitar la ayuda. Foto:iStockLas personas que pueden acceder a este beneficio son aquellas que tienen fórmula oftalmológica u optométrica vigente y que sean diagnosticadas con miopía, astigmatismo o hipermetropía.Otra de las cosas a tener en cuenta es que este sistema excluye las monturas de lujo, los tratamientos cosméticos relacionados con la visión y los lentes estéticos, por lo que estos gastos deben ser asumidos por el paciente, ya que el PBS solo cubre tratamientos asociados a una condición de salud. LEA TAMBIÉN Así puede solicitar el subsidio de gafas por la EpsLos colombianos afiliados al sistema de salud solo deben solicitar una cita de oftalmología u optometría y contar con una fórmula vigente.Con este requisito, la persona debe acercarse a la óptica y solicitar el subsidio llevando los siguientes documentos:Copia de la cédula.Fórmula médica vigente.Historia clínica o soporte del diagnóstico.Orden médica autorizada.Por último, al radicar la documentación, recibirá instrucciones sobre el día en que podrá reclamar sus gafas. Si la solicitud es negada, el usuario puede presentar un recurso de reposición, derechos de petición o acciones de tutela ante la Eps.En algunas ocasiones, el subsidio no cubre la montura. Foto:iStock LEA TAMBIÉN Por otro lado, es importante que las personas tengan en cuenta que, en el régimen subsidiado, la cobertura puede variar según la edad. Para los menores de 21 años y mayores de 60, el PBS cubre gafas una vez al año, incluyendo la montura hasta un tope del 10 por ciento del salario mínimo legal mensual vigente.Para quienes tienen entre 21 y 60 años, el beneficio es una vez cada cinco años y solo cubre la adaptación de los lentes, por lo que la montura debe ser asumida por el beneficiario.Más noticias en EL TIEMPOWENDYS PITRE ARIZAREDACCIÓN ALCANCE DIGITALEL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.















