El tribunal ha estimado los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la ordenanza
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anula la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid de 2025 por defectos sustanciales en su tramitación, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Esta tasa es la primera que se aplicó en la capital y que comenzó a cobrarse ―ante el descontento vecinal por la disparidad de tarifas entre barrios, de los 60 euros en algunos a más de 200 en otros― en septiembre del año pasado. La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha estimado los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la ordenanza y ha declarado la nulidad de pleno derecho de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos. El Consistorio puede interponer recurso de casación en un plazo de 30 días.
La razón por la que el TSJM declara nula de pleno derecho la tasa es por un defecto en el trámite de información pública. En concreto, el Ayuntamiento no publicó de forma íntegra el informe técnico-económico (ITE), clave para explicar y justificar el cálculo de la tasa. “El ITE reproduce el resultado, pero de él no se puede dar respuesta a cómo se han podido homogeneizar distritos ni contabilizar los kilogramos de residuos por actividad no residencial, para así mediante resta, obtener los kilogramos de residuos por inmueble residencial”, expone el texto. Según la sentencia, los trámites de información pública y alegaciones “no son un mero requisito formal, sino una garantía sustancial del procedimiento de elaboración de disposiciones generales”. Por lo tanto, concluye, “al no publicarse el informe que justifica el origen de los datos de generación [de residuos] por actividad, la Administración ha hurtado al ciudadano un elemento esencial del expediente administrativo”.






