Imagen de archivo de una zona de restauración de un festival de música valenciano. EFE/Biel Aliño
Sevilla/València (EFE).- El titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia ha confirmado «la abusividad» y ha declarado nulas las cláusulas que impuso el festival Madrid Salvaje y que impedían la entrada en el recinto con comida y bebida adquirida en el exterior, en la primera sentencia que prohíbe esta práctica en festivales en España.
En un comunicado, Facua-Consumidores en Acción, ha informado de que la denuncia que presentó en su día reflejaba además que se imponía el cobro de tres euros de gastos de gestión a aquellos usuarios que quisieran recuperar el dinero no consumido de las pulseras ‘cashless’, lo que también considera ilegal, a la vez que prohíbe a la empresa reiterar en estas prácticas.
La sentencia estima parcialmente la demanda que interpuso la asociación al confirmar los argumentos dados por Facua, que consideraba que ambas cláusulas podían considerarse abusivas. La promotora del evento, Madrid Salvaje AIE, ha resultado condenada a cesar en la aplicación de estas cláusulas, prohibiéndole que pueda volver a imponerlas en el futuro.
En referencia al cobro por la devolución del dinero de las pulseras, el juez señala que no se ha acreditado que «se está prestando un servicio que merezca dicho precio» y que «no puede olvidarse que la actividad esencial del evento es meramente musical», de manera que la prestación de servicios de restauración es «accesoria o complementaria».






