Una ley de la Comunidad de Madrid, poco conocida entre médicos y pacientes, obliga a terminar primero con un procedimiento para luego incluirse en otro

A Rafael J. su médico de cabecera le confirmó hace tan solo dos semanas que de nuevo volvía a tener indicios de cáncer de piel. Dos nuevas lesiones en la cabeza, muy cerca de las cicatrices donde estuvieron las anteriores, hicieron saltar las alarmas. El médico que lo atiende en la sanidad pública de Tres Cantos, donde vive este vecino de 79 años junto a su esposa, lo anotó inmediatamente en la lista de espera quirúrgica: “Te llamarán en un mes, o mes y medio a más tardar”. Sin embargo, la llamada que recibió pocos días después desde el Hospital...

La Paz, donde debería realizarse esta cirugía ambulatoria, fue para otra cosa: no podían quitarle la lesión cancerígena porque tenía pendiente una cirugía de reconstrucción de párpados y la normativa no permite estar en dos listas de espera quirúrgicas a la vez.

Cuando recibió la llamada, Rafael se quedó sin palabras y colgó sin hacer muchas preguntas. No conocía la ley ni a nadie que hubiera estado en su situación antes. Poco después, cuando le comentó a su médico de cabecera que lo habían sacado de la lista, este solo pudo decirle que él también desconocía el porqué.